SIN INFORMACION

PADRON Y OTRO / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

8 de febrero de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto: En folio 1, con fecha 31 de enero de 2023, se deduce recurso de amparo en favor de doña Johana Karina Padrón Montilla y de la menor de edad María Fernanda Montoya Padrón, contra el Servicio Nacional de Migraciones. Las amparadas ingresaron su solicitud de residencia definitiva, con fechas 16 de octubre de 2019, tras lo cual se les envió un certificado de residencia definitiva en trámite. Dicen que durante el tiempo en el cual estuvieron en espera de la resolución exenta cuya respuesta se encuentra pendiente, pudieron descargar sus respectivas ampliaciones de residencia definitiva en trámite, pudiendo mantener la posibilidad de probar su estatus migratorio. El día 31 de diciembre de 2022, ambas amparadas realizaron un viaje a Venezuela, registrando como fecha de retorno para el día 21 del mes de enero del año 2023. Sin embargo al momento de intentar actualizar su ampliación de residencia definitiva en trámite fue imposible realizarlo, por lo que carecen de un documento que acredite que están en trámite de un permiso migratorio y esto les impidió la posibilidad de abordar su vuelo de regreso a su país de residencia pues al realizar el Check-In se le impidió el abordaje hacia Chile, sin posibilidad de retornar. Argumentan que esta omisión ilegal afecta su garantía constitucional de libertad personal, por lo que piden, como providencia necesaria para restablecer el imperio del derecho emitir la ampliación de residencia definitiva en trámite, instruyendo a la recurrida a regularizar la situación para poder ingresar y salir del país. Acompañan a su recurso: 1. Cedula de identidad para extranjeros de las amparadas 2. Pasaportes Venezolanos de las amparadas. 3. Comprobante de solicitud de residencia definitiva de las amparadas 4. Capturas de pantalla que acreditan la imposibilidad de descargar las ampliaciones 5. Boletos aéreos de las amparadas 6. Acta de nacimiento de la menor de edad. 7. Permiso de viaje emanado del Juzgado de Familia. En folio 4, se informa por

Fallo

Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema de Justicia, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor de don doña Johana Karina Padrón Montilla y de la menor de edad María Fernanda Montoya Padrón. Notifíquese, comuníquese, regístrese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-107-2023. En Valparaíso, ocho de febrero de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valparaíso Valparaíso, ocho de febrero de dos mil veintitrés. Visto: En folio 1, con fecha 31 de enero de 2023, se deduce recurso de amparo en favor de doña Johana Karina Padrón Montilla y de la menor de edad María Fernanda Montoya Padrón, contra el Servicio Nacional de Migraciones. Las amparadas ingresaron su solicitud de residencia definitiva, con fechas 16 de octubre de 2019, tras lo c

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