BRAVO /SERVICIOS DE SALUD METROPOLITANO CENTRAL LTE
Rol
Fecha
7 de febrero de 2023
Materia
PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: 1.- Que ambas partes recurren de la resolución que recibió la causa a prueba y, solicitan eliminar el punto número 5 de dicha interlocutoria. 2.- Que, de la lectura de los escritos que fijaron la controversia, aparece que respecto del referido punto número 5, éste no cumple el estándar exigido del artículo 318 del Código de Procedimiento Civil, por lo que deberá eliminarse de la interlocutoria, como se indicará en la parte resolutiva. Por estas consideraciones, lo dispuesto en el 186 del Código de Procedimiento Civil y, estimándose que lo planteado por las partes recurrentes, es pertinente a la situación de autos, se revoca en lo apelado la resolución de diecisiete de enero de dos mil diecinueve, dictada por el Vigésimo Cuarto Juzgado Civil de Santiago, en los autos Rol C-11482-2021, que no hizo lugar a modificar la interlocutoria de prueba y, en su lugar se decide que se elimina el mentado punto número 5, que señalaba: “5.- Hechos que configurarían la falta de legitimidad pasiva del Servicio de Salud Metropolitano”, quedando la resolución del auto de prueba solo con los 4 hechos, que se indican en la misma. Comuníquese y devuélvase. N°Civil-11482-2021.
Fallo
Por estas consideraciones, lo dispuesto en el 186 del Código de Procedimiento Civil y, estimándose que lo planteado por las partes recurrentes, es pertinente a la situación de autos, se revoca en lo apelado la resolución de diecisiete de enero de dos mil diecinueve, dictada por el Vigésimo Cuarto Juzgado Civil de Santiago, en los autos Rol C-11482-2021, que no hizo lugar a modificar la interlocutoria de prueba y, en su lugar se decide que se elimina el mentado punto número 5, que señalaba: “5.- Hechos que configurarían la falta de legitimidad pasiva del Servicio de Salud Metropolitano”, quedando la resolución del auto de prueba solo con los 4 hechos, que se indican en la misma. Comuníquese y devuélvase. N°Civil-11482-2021.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, siete de febrero de dos mil veintitrés. Al escrito folio 7: a todo, téngase presente. Al escrito folio 8: a lo principal, primer y segundo otrosí, téngase presente. Al tercer otrosí, a sus antecedentes. Vistos: 1.- Que ambas partes recurren de la resolución que recibió la causa a prueba y, solicitan eliminar el punto número 5 de dicha interlocutoria. 2.- Que, de la l
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica