SIN INFORMACION

ZENTENO/DÉCIMO JUZGADO DE LETRAS EN LO CIVIL DE SANTIAGO

Rol

Fecha

20 de febrero de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos y teniendo presente. 1° Que la abogada Paola Corral Ortúzar, deduce recurso de hecho (falso) en contra de la resolución dictada con fecha veinticuatro de octubre de dos mil veintidós, por la cual se tuvo por interpuesto el recurso de casación en la forma y apelación en contra de la sentencia definitiva de veintiuno de septiembre de dos mil veintidós, recursos que dieron origen al Ingreso Corte N°16.144-2022, en atención a que, a su juicio, debió concederse en el sólo efecto devolutivo. 2° Que conforme consta de los autos sobre el recurso de casación en la forma y apelación, ingresados bajo Rol Corte N°16.144-2022, el uno de febrero de dos mil veintitrés, esta Corte- a través de la Primera Sala-, dictó sentencia. 3°Atendido lo anterior y

Fundamentos

considerando esta Corte que, en las condiciones apuntadas, el ejercicio del presente recurso de hecho(falso) ha perdido oportunidad, pues importaría impugnar por vía anómala, una decisión adoptada en el Ingreso Corte N°16.144-2022, este no podrá ser admitido a tramitación, debiendo atenerse a lo resuelto en el ingreso singularizado precedentemente.

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad además con lo dispuesto en los artículos 196 y 200 del Código de Procedimiento Civil, no se admite a tramitación el recurso de hecho (falso), interpuesto por la abogada Paola Correa Ortúzar, con fecha veintinueve de octubre de dos mil veintidós. Al folio 2; aténgase a lo resuelto precedentemente. Archívese. N°Civil-15814-2022.

Texto Completo (Preview)

jzc C.A. de Santiago Santiago, veinte de febrero de dos mil veintitrés. Por ingresado a despacho con esta fecha. Vistos y teniendo presente. 1° Que la abogada Paola Corral Ortúzar, deduce recurso de hecho (falso) en contra de la resolución dictada con fecha veinticuatro de octubre de dos mil veintidós, por la cual se tuvo por interpuesto el recurso de casación en la forma y apelación en contra d

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