Jdo. de Letras del Trabajo de Puente Alto

ALMANZAR/LAGNO

Rol

C-106-2020

Fecha

17 de noviembre de 2021

Materia

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: PRIMERO: Que con fecha 28 de septiembre de 2021 comparece MARCOS PARGA YAVAR, abogado, mandatario judicial del BANCO DE CHILE, en calidad de tercero interesado solicitando se deje sin efecto el embargo que pesa sobre una parte de los fondos que fueron remitidos a este tribunal con fecha 08 de julio de 2021. Argumenta que con fecha 18 de mayo de 2021, a través del receptor judicial doña Luz Moreno G., se trabó embargo sobre los fondos habidos en la cuenta vista N° 149190209478 del Banco de Chile cuyo titular es el ejecutado FRANCISCO AARON LAGNO BRAVOR, RUT 4795147-K, el cual se materializó en la suma de $415.975. Explica que parte de dichos dineros corresponden al pago del Bono Clase Media Pensionado de $100.000 (cien mil pesos); el que tiene el carácter de inembargable al tenor del artículo 15 de la Ley N°21.323, lo que no fue advertido por esta institución, dado que, al abonarse en la cuenta referida no fue singularizado en esos términos por el ente pagador, compañía PENTA VIDA. Expone que cuando la compañía PENTA VIDA efectuó la transferencia referida a la cuenta bancaria del pensionado mediante el proceso normal de pagos masivos de pensiones por un total de $274.978, no era posible para ellos conocer si los dineros transferidos correspondían al pago de pensiones o a un bono o beneficio estatal que tuviere el carácter de inembargable, pues la única forma de registrarlo es que los entes pagadores lo informen. Por lo anterior, solicita se deje sin efecto el embargo referido, efectuado con fecha 18 de Mayo 2021, en forma parcial y hasta por la cantidad de $100.000.-, ordenando en consecuencia su alzamiento y remitiendo dichos fondos al Banco de Chile, atendida su calidad de inembargables. SEGUNDO: Que de la anterior incidencia, se confirió traslado a las partes, quienes no lo evacuaron en el plazo fijado. TERCERO: Que se recibió el incidente a prueba fijándose como hechos substanciales, pertinentes y controvertidos los siguientes: 1° Efectividad que los

Fallo

Por estas consideraciones y normas legales citadas, se resuelve: I.- Acoger el incidente opuesto por el tercerista, declarándose en consecuencia que la suma de $100.000 (cien mil pesos) retenida por Banco Chile corresponde al Bono Clase Media Pensionado; la que tiene el carácter de inembargable al tenor del artículo 15 de la Ley N°21.323. II.- Que siendo inembargable, se dispone alzar el embargo que pesa sobre dicho monto, el que deberá devuelto al Banco Chile. Cúmplase por la Unidad de Servicios una vez firme la presente resolución, debiendo solicitarse por el tercero incidentista el correspondiente giro de cheque. YXXFXXWRHQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de septiembre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl III.- Una vez firme la presente resolución, incorpórese las nomenclaturas correspondientes a fin de dejar sin efecto el giro de cheque de fecha 09 de septiembre de 2021. Notifíquese por correo electrónico a los abogados de las partes para su conocimiento. RIT: C-106-2020 RUC: 20-4-0285277-2 Proveyó doña MOIRA PAOLA RAMÍREZ VALENZUELA, Juez Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Puente Alto, quien suscribe con firma electrónica avanzada. En Puente Alt

Texto Completo (Preview)

Puente Alto, diecisiete de noviembre de dos mil veintiuno. VISTOS: PRIMERO: Que con fecha 28 de septiembre de 2021 comparece MARCOS PARGA YAVAR, abogado, mandatario judicial del BANCO DE CHILE, en calidad de tercero interesado solicitando se deje sin efecto el embargo que pesa sobre una parte de los fondos que fueron remitidos a este tribunal con fecha 08 de julio de 2021. Argumenta que con fech

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