SIN INFORMACION

PÉREZ / SERVICIO DE REGISTRO CIVIL E IDENTIFICACIÓN

Rol

Fecha

7 de febrero de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto: A folio 1, comparece Hugo Muñoz López, abogado, quien recurre de protección a favor de Yasna Pérez Espinoza y Eduardo Pérez Espinoza, con domicilio en Valparaíso, contra el Servicio del Registro Civil e Identificación, por los actos ilegales y arbitrarios de 5 y 14 de diciembre de 2022, consistente en negar la inscripción de un vehículo a nombre de los herederos de una sucesión, por existir una orden de encargo por robo, que afirman los recurrentes es inexistente, lo que no ha aclarado en sus registros, cuestión que perturba y amenazó las garantías constitucionales de los actores, establecidas en los numerales 3 y 24 del artículo 19 de la Constitución Política de la República, por lo que solicita se ordene a la recurrida eliminar la inscripción de encargo por robo, y se proceda a la transferencia del vehículo, a nombre de la comunidad hereditaria. Refiere que el 30 de septiembre de 2022, el servicio recurrido emitió la Resolución Exenta N°12.034 por la cual concedió la posesión efectiva de los bienes del causante Jaime Pérez Ramírez, a su cónyuge sobreviviente y a sus hijos. Entre los bienes que pertenecieron al causante se encuentra el vehículo placa patente FZDV14-4 marca Samsung, modelo SM3 sedán, año 2013. Los herederos están de acuerdo en transferirle la totalidad de los derechos hereditarios sobre dicho vehículo a Eduardo Pérez Espinoza, para lo cual le otorgaron mandato a Yasna Pérez Espinoza, para que gestionara aquello. Es por ello que el 15 de noviembre de 2022 los recurrentes se dirigieron al Servicio de Registro Civil en la comuna de Concon, en que les dijeron que la transferencia no podía llevarse a cabo por dos razones: i.- Porque el vehículo aparece con un encargo único nacional registrado bajo el N° 458215 de 5 de enero de 2022; ii.- Porque el vehículo debe inscribirse a nombre de la sucesión primero, para luego hacerlo a nombre de un eventual comprador. Con el fin de que se realizara tal gestión, y el vehículo fuese inscrito a nombre de lo

Fundamentos

considerando: Que atendido lo informado por la parte recurrida, en especial, certificado de inscripción y anotaciones vigentes del vehículo placa patente FZDV-14, que acredita que la actuación pedida por los actores por medio de la presente acción constitucional se realizó, sin que existan medidas que esta Corte pueda adoptar para reestablecer el imperio del derecho, el presente arbitrio será rechazado.

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad con lo que dispone el artículo 20 de la Constitución Política de la República, y el auto acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza el recurso de protección interpuesto por Yasna Pérez Espinoza y Eduardo Pérez Espinoza, con domicilio en Valparaíso, contra el Servicio del Registro Civil e Identificación. . Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-119-2023. En Valparaíso, siete de febrero de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

Foja: 0 Cero C.A. de Valparaíso Valparaíso, siete de febrero de dos mil veintitrés. Visto: A folio 1, comparece Hugo Muñoz López, abogado, quien recurre de protección a favor de Yasna Pérez Espinoza y Eduardo Pérez Espinoza, con domicilio en Valparaíso, contra el Servicio del Registro Civil e Identificación, por los actos ilegales y arbitrarios de 5 y 14 de diciembre de 2022, consistente en negar

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