PRONTOCAPITAL S.A./CONSTRUCTORA BELEN SPA
Rol
Fecha
8 de febrero de 2023
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que, conforme lo dispone el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, las resoluciones que se pronuncien con ocasión de recibirse un incidente a prueba, son inapelables, siendo ésta una norma de carácter especial que prima por sobre las reglas generales, razón por la cual se declara inadmisible el recurso de apelación deducido por el ejecutado con fecha seis de enero del presente año (folio N° 18), contra la resolución de fecha tres del mismo mes y año, que acogió el incidente de nulidad de la prueba testimonial (folio N° 16-cuaderno de incidente de nulidad). Devuélvase. N°Civil-1602-2023.mst
Fallo
se declara inadmisible el recurso de apelación deducido por el ejecutado con fecha seis de enero del presente año (folio N° 18), contra la resolución de fecha tres del mismo mes y año, que acogió el incidente de nulidad de la prueba testimonial (folio N° 16-cuaderno de incidente de nulidad). Devuélvase. N°Civil-1602-2023.mst
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, ocho de febrero de dos mil veintitrés. Al folio N° 3: aténgase a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: Que, conforme lo dispone el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, las resoluciones que se pronuncien con ocasión de recibirse un incidente a prueba, son inapelables, siendo ésta una norma de carácter especial que prima por sobre las reglas generales,
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