JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA DE PORVENIR

MP/DPP C/ EMMANUEL RICARDO VIDAL RADDATZ

Rol

Fecha

6 de febrero de 2023

Materia

CONDUCCION ESTADO DE EBRIEDAD CON RESULTADO DE LESIONES GRAVES GRAVÍSIMAS. ART. 196 INC. 3 LEY DE TRANSITO.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: Que, los argumentos expuestos por el recurrente en estrados, no permiten alterar la decisión adoptada por el juez a quo, toda vez que, de acuerdo a las normas específicas de determinación de la pena para el caso específico -Ley N°18.290 de Tránsito- respecto del condenado no se configura el agravio denunciado por el recurrente y, visto además lo dispuesto en los artículos 196 en relación al artículo 110, 196 ter de la Ley 18.290 de Tránsito; artículos 352, 370 del Código Procesal Penal, se declara que SE CONFIRMA la sentencia definitiva dictada por el Juzgado de Letras y Garantía de Porvenir, de fecha 26 de enero pasado, en causa RUC: 20012288665-K, RIT: 490-2020. Comuníquese al tribunal a quo. Rol N° 30-2023. Penal.

Fallo

se declara que SE CONFIRMA la sentencia definitiva dictada por el Juzgado de Letras y Garantía de Porvenir, de fecha 26 de enero pasado, en causa RUC: 20012288665-K, RIT: 490-2020. Comuníquese al tribunal a quo. Rol N° 30-2023. Penal.

Texto Completo (Preview)

Punta Arenas, seis de febrero de dos mil veintitrés. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: Que, los argumentos expuestos por el recurrente en estrados, no permiten alterar la decisión adoptada por el juez a quo, toda vez que, de acuerdo a las normas específicas de determinación de la pena para el caso específico -Ley N°18.290 de Tránsito- respecto del condenado no se configura el agravio denunciado por el r

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