MP/DPP C/ EMMANUEL RICARDO VIDAL RADDATZ
Rol
Fecha
6 de febrero de 2023
Materia
CONDUCCION ESTADO DE EBRIEDAD CON RESULTADO DE LESIONES GRAVES GRAVÍSIMAS. ART. 196 INC. 3 LEY DE TRANSITO.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: Que, los argumentos expuestos por el recurrente en estrados, no permiten alterar la decisión adoptada por el juez a quo, toda vez que, de acuerdo a las normas específicas de determinación de la pena para el caso específico -Ley N°18.290 de Tránsito- respecto del condenado no se configura el agravio denunciado por el recurrente y, visto además lo dispuesto en los artículos 196 en relación al artículo 110, 196 ter de la Ley 18.290 de Tránsito; artículos 352, 370 del Código Procesal Penal, se declara que SE CONFIRMA la sentencia definitiva dictada por el Juzgado de Letras y Garantía de Porvenir, de fecha 26 de enero pasado, en causa RUC: 20012288665-K, RIT: 490-2020. Comuníquese al tribunal a quo. Rol N° 30-2023. Penal.
Fallo
se declara que SE CONFIRMA la sentencia definitiva dictada por el Juzgado de Letras y Garantía de Porvenir, de fecha 26 de enero pasado, en causa RUC: 20012288665-K, RIT: 490-2020. Comuníquese al tribunal a quo. Rol N° 30-2023. Penal.
Texto Completo (Preview)
Punta Arenas, seis de febrero de dos mil veintitrés. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: Que, los argumentos expuestos por el recurrente en estrados, no permiten alterar la decisión adoptada por el juez a quo, toda vez que, de acuerdo a las normas específicas de determinación de la pena para el caso específico -Ley N°18.290 de Tránsito- respecto del condenado no se configura el agravio denunciado por el r
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