MARK DENNIS GONZALEZ HOFFMANN C/ FABIAN ANDRES VALDENEGRO GONZALEZ
Rol
Fecha
6 de febrero de 2023
Materia
LESIONES GRAVES . ART. 397 Nº2.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos y oídos los intervinientes: Examinados los antecedentes y por los
Fundamentos
fundamentos que constan en el audio, disponible al efecto, y teniendo, especialmente presente, lo capacidad económica de ambos imputados, lo que amerita el monto de indemnización regulada por el tribunal a quo, se confirman las resoluciones apeladas de fecha cinco y trece de diciembre del año dos mil veintidós, dictadas por el Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago, que decretó la suspensión condicional del procedimiento respecto del imputado Gilberto Valdenegro Torres y del imputado Fabián Valdenegro González, respectivamente. Acordada con el voto en contra del abogado integrante señor Benítez Urrutia, quien, considerando la gravedad del ilícito, y la forma y circunstancia de comisión del mismo, lo que no se traduce en el monto de la indemnización establecida por el tribunal a quo, estuvo por confirmar las resoluciones apeladas de fecha cinco y trece de diciembre del año dos mil veintidós, dictadas por el Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago, con declaración que se elevan los montos de indemnización a la suma de $1.500.000 (un millón quinientos mil pesos) en cada caso. Regístrese y devuélvase la competencia. Comuníquese por la vía más rápida. Ruc: 2100597145-1 Rit: 1-7127-2021 N°Penal-5696-2022. Pronunciada por la Cuarta Sala, integrada por el Ministro señor Tomas Gray Gariazzo, el Ministro (S) señor Carlos Escobar Salazar y el Abogado Integrante señor Jorge Benitez Urrutia. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, seis de febrero de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
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CORTE DE APELACIONES DE SANTIAGO Santiago, seis de febrero de dos mil veintitrés. Sala: Cuarta Rol Corte: Penal- 5696-2022 Ruc: 2100597145-1 Rit: 1-7127-2021 Juzgado: 4° JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO Integrantes: Ministro señor Tomás Gray Gariazzo, Ministro (S) señor Carlos Escobar Salazar y Abogado Integrante señor Jorge Benítez Urrutia Relatora: Nicole Ramírez Digitadora: Cristina Gallardo Ab
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