CORTÉS/PAVEZ
Rol
Fecha
6 de febrero de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS: Con fecha 19 de agosto de 2022, comparece Pedro Aracena Salgado, abogado, en representación de la sociedad VENTA Y DISTRIBUCIÓN DE GAS DON DAVID SpA, RUT N° 76.761531-0, representada legalmente por David del Carmen Cortés Gatica, domiciliados para estos efectos en calle Camino Cuesta lo González, número 1460, comuna de Chimbarongo, interpone recurso de protección en contra de JORGE ANDRÉS PAVEZ ABARCA, cédula de identidad N° 9.027.693-K, domiciliado en calle Miraflores Nº1480, comuna de Chimbarongo. Señala que, tal como consta en inscripción de fojas 1298 número 1293 del Registro Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de San Fernando, del año 2019, su representada es dueña del inmueble agrícola ubicado en el Camino lo González, Comuna de Chimbarongo, de este Departamento, ubicados en sector Camino Cuesta lo González, número 1460, comuna de Chimbarongo, Provincia de Colchagua, con una superficie total de 8.631 metros cuadrados y que colinda con el predio del que es dueño el recurrido. Agrega que el inmueble se adquirió por compraventa a David del Carmen Cortés Gatica con fecha 15 de febrero de 2019, quien a su vez se hizo dueño de acuerdo a cesión de derechos de la Sucesión Vergara Belmar, inscrita a de fojas 340 número 566 del Registro de Propiedad del año 1989; a fojas 514 número 832 del Registro de Propiedad del año 2002; y a fojas 786 número 781 del Registro de Propiedad del año 2018. Indica que, el objeto de esta tutela, dice relación específicamente con el inmueble agrícola ya citado, el cual presenta una discordancia en sus deslindes inscritos y los reales de su cabida que son los que han existido desde hace más de 70 años, y que fueron poseídos pacíficamente con toda libertad por la sucesión Vergara Belmar, dueños anteriores y para sustentar su dominio, se realizó estudio topográfico desarrollado por don Mauricio Ortega Vargas, RUT Nª 13.834.040-6, Técnico de Nivel Superior en Topografía, estudio que confirma que los deslindes como la superficie
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el recurso de protección establecido en el artículo 20 de nuestra Carta Fundamental, constituye una acción de naturaleza cautelar, destinada a amparar el legítimo ejercicio de las garantías constitucionales que esa misma disposición enumera, mediante la adopción de medidas de resguardo que se deben estimar ante un acto u omisión arbitrario o ilegal que impida, dificulte o amague ese ejercicio. SEGUNDO: Que previo a conocer de la falta de legitimación pasiva y entrar al fondo del asunto, en cuanto a la extemporaneidad reclamada se debe tener presente que el Auto Acordado Sobre Tramitación y
Fallo
se declara admisible el recurso y se pide informe al recurrido. Con fecha 3 de octubre de 2022 informa el recurrido Jorge Andrés Pavez Abarca, quien alega falta de legitimación pasiva. Señala que es dueño del inmueble denominado Lote B, que en su deslinde sur es colindante con el inmueble del recurrente y que jamás ha modificado dicho deslinde, siendo la dueña del inmueble cuyos deslindes alega el recurrente doña Bernardita del Carmen González Muñoz, lo adquirió por compraventa realizada el año 2019. Continuando con su defensa, sostiene que el recurso es extemporáneo, atendido que la alteración de los deslindes y la construcción de un muro ocurrieron en el mes de noviembre del año 2019, fecha en la cual la propietaria del predio colindante en el oriente con su sitio, contrata el cierre perimetral de su inmueble para reducir actos de delincuencia, además parte de ese muro fue destruido por el representante legal de la recurrente, lo que fue denunciado en esa época ante Carabineros de Chile y luego en el Ministerio Público. Por lo expuesto solicita el rechazo del recurso, con costas. Con fecha 13 de enero de 2023, de conformidad a lo resuelto en el folio 30, comparece doña Bernardita González Muñoz, informando que es propietaria del inmueble denominado La Primera, ubicado en la comuna de Chimbarongo, lo adquirió por compraventa otorgada por escritura pública de fecha 30 de noviembre de 2019, inscrito a fojas 33 N°31 en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíc
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C.A. de Rancagua Rancagua, seis de febrero de dos mil veintitrés. VISTOS: Con fecha 19 de agosto de 2022, comparece Pedro Aracena Salgado, abogado, en representación de la sociedad VENTA Y DISTRIBUCIÓN DE GAS DON DAVID SpA, RUT N° 76.761531-0, representada legalmente por David del Carmen Cortés Gatica, domiciliados para estos efectos en calle Camino Cuesta lo González, número 1460, comuna de Chim
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