CORALES/GONZÁLEZ
Rol
Fecha
6 de febrero de 2023
Materia
CONTRATO, NULIDAD DE
Resultado
CH/ INADMISIBLE
Hechos
Vistos: Primero: Que la resolución recurrida – en cuanto rechaza citar a los herederos para determinar si debe cesar la mandataria en sus funciones- no es de aquellas que establecen derechos permanentes en favor de las partes, ni se pronuncia sobre un trámite que haya de servir de base para el pronunciamiento de una sentencia definitiva o interlocutoria. Segundo: Que, por su parte, el artículo 188 del Código de Procedimiento Civil establece que “Los autos y decretos no son apelables cuando ordenen trámites necesarios para la substanciación regular del juicio; pero son apelables cuando alteran dicha substanciación o recaen sobre trámites que no están expresamente ordenados por la ley”, situación que tampoco ocurre en la especie, por lo que, atendida la naturaleza de la resolución apelada, no procede su impugnación por la presente vía. Por lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 158, 187 y 188, todos del citado Código, se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario interpuesto en contra de la resolución dictada el doce de enero del año en curso en la causa Rol C-5562-2020 del Juzgado del Cuarto Juzgado Civil de San Miguel. Al folio 3: estese al mérito. Devuélvase por interconexión. Rol N°157-2023 Civil
Fallo
Por lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 158, 187 y 188, todos del citado Código, se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario interpuesto en contra de la resolución dictada el doce de enero del año en curso en la causa Rol C-5562-2020 del Juzgado del Cuarto Juzgado Civil de San Miguel. Al folio 3: estese al mérito. Devuélvase por interconexión. Rol N°157-2023 Civil
Texto Completo (Preview)
San Miguel, seis de febrero de dos mil veintitrés. Vistos: Primero: Que la resolución recurrida – en cuanto rechaza citar a los herederos para determinar si debe cesar la mandataria en sus funciones- no es de aquellas que establecen derechos permanentes en favor de las partes, ni se pronuncia sobre un trámite que haya de servir de base para el pronunciamiento de una sentencia definitiva o interlo
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica