ORTIZ/CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO/ FISCO DE CHILE
Rol
Fecha
6 de febrero de 2023
Materia
PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: En el motivo octavo de la sentencia que se revisa se sustituye el guarismo “$50.000.000” por “$35.000.000”. Y se tiene además presente: 1º Que atendido el mérito de los antecedentes y teniendo en consideración que si bien la situación denunciada es susceptible de causar una gran afectación psicológica, esta Corte estima que resulta más acorde a la forma en que se verificaron los hechos, regular la cuantía del daño moral en una suma inferior a la decidida por el juez a quo, conforme se expresará. 2º Que, asimismo, si bien estas juzgadoras comparten la decisión de rechazar la excepción de pago, estiman, sin embargo, que los valores pagados por el Estado por concepto de beneficios reparatorios deben ser considerados al momento de regular el quantum de la indemnización por daño moral por tener ambas un mismo origen, cual es la detención y tortura del actor a manos de agentes del Estado. Y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la sentencia apelada de veinticuatro de diciembre de dos mil diecinueve, dictada por el 26º Juzgado Civil de Santiago, con las siguientes declaraciones: que se reduce el monto de la indemnización por concepto de daño moral que debe pagar el Fisco al demandante a $35.000.000.- (treinta y cinco millones de pesos), y que los reajustes ordenados pagar en ella se calcularán desde que el presente fallo quede ejecutoriado y los intereses desde la notificación del cumplimiento de la sentencia. Se previene que la Ministra Sra. Escanilla no comparte el fundamento 2º de la presente sentencia. Regístrese y devuélvase. N° 2035-2020-Civil
Fallo
fallo quede ejecutoriado y los intereses desde la notificación del cumplimiento de la sentencia. Se previene que la Ministra Sra. Escanilla no comparte el fundamento 2º de la presente sentencia. Regístrese y devuélvase. N° 2035-2020-Civil
Texto Completo (Preview)
Alegó, previo anuncio y relación pública, revocando la abogada Viviana Ortega D. Santiago, 6 de febrero de 2023. Mauricio Vergara Toro, relator. Santiago, seis de febrero de dos mil veintitrés. Al escrito folio 14: A todo, téngase presente. Vistos: En el motivo octavo de la sentencia que se revisa se sustituye el guarismo “$50.000.000” por “$35.000.000”. Y se tiene además presente: 1º Que atendid
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