ANONIMIZADO
Rol
Fecha
6 de febrero de 2023
Materia
VIOLENCIA INTRAFAMILIAR
Resultado
REVOCADA
Hechos
visto además, lo dispuesto en el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil y el número 2 del artículo 67 de la Ley 19.968, se revoca, en lo apelado, la resolución de fecha dieciocho de octubre del año dos mil veintidós y en su lugar se decide que no se hace lugar a la medida cautelar de prohibición de acercarse a la denunciante, prevista en el artículo 92 N°1 de la Ley antes mencionada. Acordada con el voto en ...
Fallo
se decide que no se hace lugar a la medida cautelar de prohibición de acercarse a la denunciante, prevista en el artículo 92 N°1 de la Ley antes mencionada. Acordada con el voto en ...
Texto Completo (Preview)
C.A. de Chillán Cbp/rps Chillán, seis de febrero de dos mil veintitrés. Atendido el mérito de los antecedentes allegados a la presente causa, de los cuales se desprende que no existe mérito suficiente para fundar la medida cautelar decretada por el tribunal de primera instancia. Y visto además, lo dispuesto en el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil y el número 2 del artículo 67 de la Le
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica