SIN INFORMACION

GUILLEN / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

6 de febrero de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA/RECHAZADA

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Hechos

Visto: En folio 1 se deduce recurso de protección en favor de don Yordanis Leyva Suarez, de nacionalidad cubana, de doña Ysley Yamira Chacón Rosales, de nacionalidad venezolana, de don Williams Rafael Martínez Atagua, de nacionalidad venezolana, de doña Enilka Esperance, de nacionalidad haitiana, de doña Armande Dorissant, de nacionalidad haitiana, y de don Jorge Rafael Guillen Torres, de nacionalidad venezolana, todos contra el Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión en el pronunciamiento de sus solicitudes de permanencia definitiva, formuladas con fecha 19 de agosto de 2021, 21 de octubre de 2021, 08 de junio de 2021, 11 de noviembre de 2021, 12 de marzo de 2021, 16 de abril de 2021, respectivamente, lo que conculca la garantía consagrada en el numeral 2 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Dicha omisión ha trasgredido los artículos 7 y 27 de la Ley N°19.880 y con ello la garantía constitucional de igualdad ante la ley de la actora, por lo que se pide instruir a la recurrida para que se pronuncie sobre ambas peticiones. Se informa por el Servicio Nacional de Migraciones, que respecto a la solicitud de don Yordanis Leyva Suarez, su solicitud se encuentra en etapa de análisis I. En cuanto a la situación doña Ysley Yamira Chacón Rosales, esta se encuentra en etapa de Resolución. La petición de don Williams Rafael Martínez Atagua, se encuentra en estado de evaluación intermedia desde el 01 de marzo de 2022, fecha en la cual se dictó Resolución Exenta N° 22115367. El requerimiento de doña Enilka Esperance, se encuentra en etapa de “Análisis I”. Respecto a doña Armande Dorissant, informa que el 10 de enero de 2022, se dictó Resolución Exenta N° 22063402, del Servicio Nacional de Migraciones, señalando que se encuentra en Evaluación Intermedia. Finalmente, en lo que respecta a don Jorge Rafael Guillen Torres, mediante notificación REDE N° 357, de fecha 19 de agosto de 2022, del Servicio Nacional de Migraciones, se informó al extranjero q

Fallo

Por estas consideraciones y lo establecido en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, se declara: 1) Que se acoge, sin costas el recurso de protección deducido a favor de don Yordanis Leyva Suarez, de doña Ysley Yamira Chacón Rosales, de don Williams Rafael Martínez Atagua, de doña Enilka Esperance, de doña Armande Dorissant, y en contra del Servicio Nacional de Migraciones, debiendo la autoridad migratoria recurrida dentro del plazo de sesenta días corridos, concluir la tramitación y emitir pronunciamiento, como en derecho corresponda, sobre las solicitudes de permanencia definitiva presentadas por los actores. 2) Que se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de don Jorge Rafael Guillen Torres. Regístrese, notifíquese, comuníquese por la vía más expedita y archívese en su oportunidad. N°Protección-153709-2022. En Valparaíso, seis de febrero de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valparaíso Valparaíso, seis de febrero de dos mil veintitrés. Visto: En folio 1 se deduce recurso de protección en favor de don Yordanis Leyva Suarez, de nacionalidad cubana, de doña Ysley Yamira Chacón Rosales, de nacionalidad venezolana, de don Williams Rafael Martínez Atagua, de nacionalidad venezolana, de doña Enilka Esperance, de nacionalidad haitiana, de doña Armande Dorissant, de n

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