17º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

QUINTA S.A./FISCO DE CHILE (CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO) - (LTE) VUELVE A TABLA.-

Rol

Fecha

6 de febrero de 2023

Materia

RECLAMACIÓN DE MULTA ADMINISTRATIVA

Resultado

REVOCADA (FALLO DEL ACUERDO)

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Hechos

Vistos y teniendo presente. Primero: Que comparece Nicholás Bradbury Dockendorff, por la demandante Quinta S.A., apela de la resolución dictada en causa rol C- 23621 – 2019, del Décimo Séptimo Juzgado Civil de Santiago, que no dio lugar a admitir a tramitación la demanda por considerarla extemporánea. Segundo: Que, conviene tener presente que mediante esta acción la demandante deduce reclamo en contra del Fisco por la sanción aplicada por la Secretaría Regional Ministerial de Salud, funda su acción en el artículo 171 del Código Sanitario, por la que pretende se deje sin efecto parcialmente la resolución Exenta 4580 de 2 de julio de 2019. Tercero: Que, la resolución recurrida indica que no admite a tramitación el reclamo presentado el 26 de julio de 2019, por considerarlo extemporáneo, señalando como fundamento, que se entiende notificada la resolución reclamada al tercer día hábil 15 de julio de 2019, contada de su recepción por correos de Chile, esto es, el 15 de julio de 2019, y conforme al artículo 171 del Código Sanitario, habiéndose interpuesta la reclamación al sexto día hábil contado desde la fecha previamente citada Cuarto: Que la apelante sostiene que, si bien el artículo 46 de la Ley 19880 sobre las bases de los procedimientos administrativos previene que la notificación de las resoluciones “se entenderán practicadas, a contar del tercer día siguiente a su recepción en la oficina de correos que corresponda”, se trata de una presunción simplemente legal, la que admite prueba en contrario, lo que demuestra con prueba de su parte. Añadió, en abono de su petición, que no se adhirió aviso de recepción ni tampoco consta en el sitio web de internet de correos de Chile, adjuntando copia del sobre y seguimiento del envío emitido por esta empresa, y que por las averiguaciones efectuadas por su parte se enteró que dicha carta se había extraviado. La aseveración del recurrente encontró sustento en el oficio respuesta requerida por esta I. Corte, como un trámite n

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil, se revoca, en lo apelado la resolución de uno de agosto de dos mil diecinueve, dictada en la causa rol C-23621 -2019 del Décimo Séptimo Juzgado Civil de Santiago, y en su lugar se dispone que el juez de la causa, deberá dar lugar a la tramitación del reclamo deducido por Quinta S.A, como en derecho corresponda. Regístrese y devuélvase. Redactó el Ministro (s) Sr. Escobar. N°Civil-10821-2019.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, seis de febrero de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente. Primero: Que comparece Nicholás Bradbury Dockendorff, por la demandante Quinta S.A., apela de la resolución dictada en causa rol C- 23621 – 2019, del Décimo Séptimo Juzgado Civil de Santiago, que no dio lugar a admitir a tramitación la demanda por considerarla extemporánea. Segundo: Que, conviene tener

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