FIGUEROA / JUZGADO DE GARANTÍA DE VIÑA DEL MAR
Rol
Fecha
4 de febrero de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Visto: Que en folio 1, comparecen Humberto Ramírez Larraín y Alejandra Pizarro Catalán, Defensores Penales Públicos, quienes interponen recurso de amparo a favor de Thabata Figueroa Rodríguez, en causa Rit 7-2023 seguida ante el Juzgado de Garantía de Viña del Mar, en contra de la resolución dictada el 1 de febrero recién pasado, por el juez Rodolfo Moreno Osses, que mantuvo la internación provisional de la imputada, quien se encuentra privada de libertad en un módulo común del Complejo Penitenciario de Valparaíso, medida ilegal que vulnera su libertad personal, por lo que pide sea dejada sin efecto. Refiere que la amparada fue formalizada el 2 de enero del presente año, como autora de un presunto de delito de robo con violencia. En dicha audiencia se suspendió el procedimiento según lo establecido en el artículo 458 del Código Procesal Penal, atendido que la defensa indicó que en causa diversa, Rit 10.378-2017 seguida ante el Juzgado de Garantía de Viña del Mar, se evacuó informe pericial siquiátrico que indica que la encartada es enajenada mental. En concreto su diagnóstico es: “Eje I (Síndrome psiquiátrico): Psicosis orgánica recuperada; Trastorno Ansioso - depresivo recurrente (parcialmente recuperada); Poli-consumo de sustancias; Eje II (problemas del desarrollo): Deterioro del funcionamiento de personalidad leve; Deficiencia Intelectual Limítrofe”. En la referida resolución de 2 de enero pasado, se ordenó la internación provisional de la amparada en el penal de Valparaíso, y oficiar al Hospital Siquiátrico P. Pinel a fin de que remitiera su ficha clínica dentro de 48 horas. Además, se resolvió: “Se da un plazo de 72 horas para que hospital Salvador y Pinel informen si cuentan con cupo; Se disponen medidas de resguardo y de tratamiento en el que debe adoptar Gendarmería mientras permanezcan en el penal”. El 10 de enero pasado esta Corte, en ingreso Rol N°56-2023, confirma la resolución que decretó la cautelar prevista en el artículo 464 del Código Procesal Pe
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Foja: 0 Cero C.A. de Valparaíso. Valparaíso, cuatro de febrero de dos mil veintitrés. Visto: Que en folio 1, comparecen Humberto Ramírez Larraín y Alejandra Pizarro Catalán, Defensores Penales Públicos, quienes interponen recurso de amparo a favor de Thabata Figueroa Rodríguez, en causa Rit 7-2023 seguida ante el Juzgado de Garantía de Viña del Mar, en contra de la resolución dictada el 1 de febr
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