M.P. C/ CRISTIAN ROLANDO GAJARDO URRUTIA
Rol
Fecha
4 de febrero de 2023
Materia
TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTO: 1°.- Que la defensa de Cristian Rolando Gajardo Urrutia y Osvaldo Andrés Barrientos Monroy, se alzó contra la resolución de veintisiete de enero del año en curso, dictada por el Juzgado de Garantía de Concepción, que mantuvo la medida cautelar personal de prisión preventiva a los imputados, quienes se encuentran formalizados por el delito de tráfico del artículo 3° de la Ley 20.000 en relación al artículo 1° del mismo cuerpo normativo; y respecto del imputado Barrientos Monroy, además se encuentra formalizado por el delito de tenencia ilegal de municiones. 2°.- Que escuchados los intervinientes esta Corte comparte tanto la decisión como los
Fundamentos
fundamentos que se contienen en la resolución de 27 de enero pasado y se tiene especialmente presente que no existe ninguna variación en la circunstancias que se tuvieron presentes al momento de ser decretada la cautelar que se cuestiona, toda vez que la declaración de los imputados y la dictación de la Ley 21.412, que la defensa estima como nuevos elementos, no revisten tal carácter considerando la fecha en que se discutió por última vez, ante el Juzgado de Garantía, la prisión preventiva.
Fallo
Por estas consideraciones, y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 139, 140 y 370 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de veintisiete de enero del año en curso, dictada por el Juzgado de Garantía de Concepción, que mantuvo la medida cautelar personal de prisión preventiva respecto de los imputados Cristian Rolando Gajardo Urrutia y Osvaldo Andrés Barrientos Monroy. Comuníquese al tribunal a quo, por la vía más expedita. Los intervinientes quedan notificados de la presente resolución en forma personal, por estar presentes en la audiencia por videoconferencia, sin perjuicio de ello se dispone su notificación por el estado diario. N°Penal-155-2023.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción FVL/rtp Concepción, cuatro de febrero de dos mil veintitrés. VISTO: 1°.- Que la defensa de Cristian Rolando Gajardo Urrutia y Osvaldo Andrés Barrientos Monroy, se alzó contra la resolución de veintisiete de enero del año en curso, dictada por el Juzgado de Garantía de Concepción, que mantuvo la medida cautelar personal de prisión preventiva a los imputados, quienes se encuentra
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