CONSTRUCTORA UPC S.A./SERVICIOS EQUIFAX CHILE LIMITADA
Rol
30119-2021
Fecha
6 de diciembre de 2021
Materia
Civil
Resultado
CONFIRMA SENTENCIA APELADA
Hechos
Vistos: Se confirma la sentencia apelada de fecha catorce de abril de dos mil veintiuno, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago. Se previene que el Ministro Sr. Muñoz, para concurrir a la confirmación de la sentencia que rechazó el recurso de protección, tiene únicamente en consideración que la Ley Nº 19.628 sobre Protección de Datos Personales no excluye expresamente a las personas jurídicas; pero cualquiera sea la determinación que se adopte respecto del ámbito de aplicación de dicha Ley, lo cierto es que su artículo 4º permite el tratamiento de los datos personales cuando una norma legal lo autorice o el titular consienta en ello y, el procesamiento de los antecedentes de carácter económico, financiero, bancario o comercial por medio de su almacenamiento, conservación y custodia, su comunicación o transmisión o cualquier operación o complejo de operaciones o procedimientos técnicos, de carácter automatizado o no, que permita recolectar, almacenar, grabar, organizar, elaborar, seleccionar, extraer, confrontar, interconectar, disociar, comunicar, ceder, transferir, transmitir o cancelar datos de carácter personal, o utilizarlos de cualquier otra forma, ha sido, entre otras normas, reglado por la Ley N° 20.575, determinando quiénes adquieren la calidad de distribuidores de esa información, relativa a personas naturales o jurídicas, habilitándoles para realizar directamente tal tratamiento, como los actos de comunicación y comercialización de los datos de obligaciones económicas, por lo cual los hechos materia de autos no es posible calificarlos de arbitrarios o ilegales, para los efectos de resolver el presente recurso de protección, el que corresponde desechar. Acordada con el voto en contra del Abogado Integrante señor Aguila, quien estuvo por revocar la sentencia en alzada y en su lugar acoger el recurso de protección, teniendo para ello en consideración que el crédito pretendido por Construcciones y Moldajes Maureira Limitada en contra de la recurrent
Fallo
fallo y de la disidencia a cargo del Abogado Integrante Sr. Águila. Rol Nº 30.119-21. Pronunciado por la Tercera Sala de esta Corte Suprema integrada por los Ministros (as) Sr. Sergio Muñoz G., Sra. Ángela Vivanco M., Sra. Adelita Ravanales A., Sr. Mario Carroza E. y el Abogado Integrante Sr. Pedro Águila Y.
Texto Completo (Preview)
Santiago, seis de diciembre de dos mil veintiuno. Vistos: Se confirma la sentencia apelada de fecha catorce de abril de dos mil veintiuno, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago. Se previene que el Ministro Sr. Muñoz, para concurrir a la confirmación de la sentencia que rechazó el recurso de protección, tiene únicamente en consideración que la Ley Nº 19.628 sobre Protección de Datos Pers
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