29º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

UNIVERSIDAD DE LOS ANDES/GAÍNZA - (LTE)

Rol

Fecha

3 de febrero de 2023

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

REVOCADA

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Hechos

VISTO: Se reproduce la sentencia en alzada, previa eliminación del

Fundamentos

considerando Décimo. Y TENIENDO, EN SU LUGAR, PRESENTE: Que conforme dispone el artículo 471 del Código de Procedimiento Civil, si la sentencia definitiva absuelve al ejecutado, se condenará en las costas al ejecutante, norma que debe ser observada por el sentenciador en los juicios ejecutivos, por primar ella respecto del artículo 144 del mismo texto, dada su especialidad.

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, a lo previsto en los artículos 189 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca, en lo apelado, la sentencia definitiva de fecha once de noviembre de dos mil veintidós, dictada en los autos rol C-3701-2022, seguidos ante el 29° Juzgado Civil de Santiago, en cuanto eximió del pago de las costas a la ejecutante; y en su lugar se declara que se la condena al pago de las mismas. Regístrese y devuélvase la competencia. N°Civil-16939-2022.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, tres de febrero de dos mil veintitrés. VISTO: Se reproduce la sentencia en alzada, previa eliminación del considerando Décimo. Y TENIENDO, EN SU LUGAR, PRESENTE: Que conforme dispone el artículo 471 del Código de Procedimiento Civil, si la sentencia definitiva absuelve al ejecutado, se condenará en las costas al ejecutante, norma que debe ser observada por el sentenciad

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