ANONIMIZADO
Rol
Fecha
3 de febrero de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ABANDONADO RECURSO/COMUNICAR
Hechos
Visto: Atendido el mérito de la certificación que antecede y lo dispuesto en el artículo 358 inciso 2° del Código Procesal Penal, se declara ABANDONADO el recurso de apelación interpuesto por la abogada doña Karen Briceño Albarracin, en su carácter de defensora penal privada, en contra de la resolución dictada en audiencia de veintisiete de enero del año en curso, pronunciada en causa R.I.T. 287-2023 del Juzgado de Garantía de Linares, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado Freddy Alexis Reyes Ortega. Comuníquese y devuélvase. Rol 149-2023/Penal.
Fallo
se declara ABANDONADO el recurso de apelación interpuesto por la abogada doña Karen Briceño Albarracin, en su carácter de defensora penal privada, en contra de la resolución dictada en audiencia de veintisiete de enero del año en curso, pronunciada en causa R.I.T. 287-2023 del Juzgado de Garantía de Linares, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado Freddy Alexis Reyes Ortega. Comuníquese y devuélvase. Rol 149-2023/Penal.
Texto Completo (Preview)
Talca, tres de febrero de dos mil veintitrés. Visto: Atendido el mérito de la certificación que antecede y lo dispuesto en el artículo 358 inciso 2° del Código Procesal Penal, se declara ABANDONADO el recurso de apelación interpuesto por la abogada doña Karen Briceño Albarracin, en su carácter de defensora penal privada, en contra de la resolución dictada en audiencia de veintisiete de enero del a
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica