CRISTIAN MANUEL ROA ARELLANO/JUZGADO DE GARANTIA DE SAN BERNARDO
Rol
Fecha
3 de febrero de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Comparece la abogada Valentina Lorca Núñez, quien recurre de amparo a nombre de Cristian Manuel Roa Arellano, R.U.N. 13.700.555-7, actualmente cumpliendo condena en el Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina I, y en contra de la resolución de 19 (sic) de enero de 2023, dictada por el Juzgado de Garantía de San Bernardo, que no dio lugar a la solicitud de dejar sin efecto la sanción disciplinaria impuesta al amparado, solicitando en definitiva acoger la acción, dejar sin efecto tanto la referida resolución y dicha sanción. Indica que su representado se encuentra purgando una pena de diez años y un día de presidio mayor en su grado medio, siendo el Juzgado de Garantía de San Bernardo el tribunal de ejecución, cuyo inicio de condena es el día 10 de febrero del 2015 y termino el 11 de febrero del 2025. Agrega que, por su buena conducta, ha sido beneficiado con meses de rebaja de condena de la Ley 19.856, adelantándose su fecha de término de condena al 11 de octubre del año 2023. Señala que el 14 de diciembre de 2022, Gendarmería de Chile solicitó al Juzgado de Garantía de Colina mediante ORD N°13.02.04 3900/22, la autorización para imponer al interno una sanción disciplinaria de privación de toda visita por el término de 10 días, por infracción al artículo 78 letra J) del Reglamento de Establecimientos Penitenciarios, en atención a haberse encontrado en la pieza que comparte con otro interno un celular con chip, del cual ninguno reconoce su propiedad, junto con negarse a declarar, según parte de allanamiento N°3278 de 6 de diciembre de 2022; sanción que fue autorizada por el Juzgado de Garantía de Colina el 15 de diciembre de 2022, al estimar cumplidas las exigencias de los artículos 78 letra J), 82 y 87 del Reglamento de Establecimientos Penitenciarios y por considerar proporcional la referida sanción, en relación a la naturaleza y gravedad del hecho. Explica que el Juzgado de Garantía de Colina es el tribunal de reclusión y
Fundamentos
fundamentos legales. Segundo, este tribunal estima que la defensa no ha esgrimido antecedentes que permitan fundamentar suficientemente una impugnación de la sanción disciplinaria aplicada a su representado, existen antecedentes que dan cuenta que cometió una infracción al reglamento de establecimiento penitenciarios, encontrándose en su habitación un aparato celular, lo cual está prohibido, negándose a prestar declaración”. Solicita
Fallo
por lo expuesto tener por evacuado el informe requerido. Tercero: Que informa al tenor del recurso don Iván Betancourt Castro, Coronel de Gendarmería y Alcaide del Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina I, quien señala que el 6 de diciembre de 2022 se llevó a cabo un registro y allanamiento de la Torre 5-A, oportunidad en la cual, entre otros, se halló un teléfono celular marca Samsung con chip, al interior de la pieza que utiliza y comparte el recurrente Cristián Manuel Roa Arellano, junto con otro interno, los cuales no reconocen su propiedad y que se niegan a prestar declaración, lo que fue informado mediante parte N°3278 de esa misma fecha. Explica que, en base a ello, el 14 de diciembre de 2022, mediante Oficio Ord. N°3900, se solicitó autorización judicial para aplicar sanción al recurrente, por infringir el artículo 78 letra J) del Reglamento de Establecimientos Penitenciarios; la que fue autorizada por el Juzgado de Garantía de Colina el 15 de diciembre de 2022, consistente en privación de toda visita por el término de 10 días. Agrega que esta no es la primera falta del interno, ya que contaba con sanción anterior por la misma falta, según resolución 655 de 20 de diciembre de 2019. Cuarto: Que el artículo 21 de la Constitución Política de la República establece que todo individuo que se hallare arrestado detenido o preso con infracción de lo dispuesto en la Constitución o en las leyes, podrá ocurrir por sí, o por cualquiera a su nombre, a la magistratura que s
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San Miguel, tres de febrero de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: Primero: Comparece la abogada Valentina Lorca Núñez, quien recurre de amparo a nombre de Cristian Manuel Roa Arellano, R.U.N. 13.700.555-7, actualmente cumpliendo condena en el Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina I, y en contra de la resolución de 19 (sic) de enero de 2023, dictada por el Juzgado de Garantía de
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