JUZGADO DE GARANTIA DE OVALLE

C/ OSCAR ANTONIO CORTES PLAZA. DTE- M.P.

Rol

Fecha

3 de febrero de 2023

Materia

ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION. ART. 440.

Resultado

CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y CONSIDERANDO; Que, atendido el mérito de autos y lo expuesto por los intervinientes en audiencia, compartiendo estos sentenciadores los argumentos de la juez a quo, al estimar que en la especie existen antecedentes que justifican la existencia del delito y permiten además presumir fundadamente la participación del imputado en el mismo, en particular, el ánimo apropiatorio, lo cual está dado por el empleo de la fuerza que se advierte de la evidencia visual exhibida por el persecutor, circunstancia que permite desestimar, por ahora, las alegaciones de la defensa en orden a recalificar jurídicamente el ilícito, concurriendo por tanto los elementos de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, y en cuanto a la letra c) de dicha disposición legal, estima además este tribunal que la libertad del imputado constituye efectivamente un peligro para la seguridad de la sociedad, atendida la gravedad de la pena asignada al delito y la existencia de condenas previas, y atendido lo dispuesto en los artículos 140, 358 y 360 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución dictada en audiencia del día veintiséis de enero de dos mil veintitrés, por el Juzgado de Garantía de Ovalle, que decreta la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado de autos Oscar Antonio Cortés Plaza, por estimar que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad. Acordada con el voto en contra del Ministro Titular Sr. Le Cerf, quien fue del parecer de revocar la resolución en alzada y disponer medidas cautelares de menor intensidad, teniendo para estos efectos únicamente presente que del tenor de la formalización no se advierten todos los elementos del tipo penal por el cual el encartado es investigado, en particular, en lo referente al ánimo apropiatorio, lo cual no permite encuadrar, en este estadio procesal, los hechos en la calificación jurídica propuesta por el persecutor sino más bien en las figuras que sugiere la defensa y cuyo marco

Fallo

por tanto los elementos de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, y en cuanto a la letra c) de dicha disposición legal, estima además este tribunal que la libertad del imputado constituye efectivamente un peligro para la seguridad de la sociedad, atendida la gravedad de la pena asignada al delito y la existencia de condenas previas, y atendido lo dispuesto en los artículos 140, 358 y 360 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución dictada en audiencia del día veintiséis de enero de dos mil veintitrés, por el Juzgado de Garantía de Ovalle, que decreta la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado de autos Oscar Antonio Cortés Plaza, por estimar que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad. Acordada con el voto en contra del Ministro Titular Sr. Le Cerf, quien fue del parecer de revocar la resolución en alzada y disponer medidas cautelares de menor intensidad, teniendo para estos efectos únicamente presente que del tenor de la formalización no se advierten todos los elementos del tipo penal por el cual el encartado es investigado, en particular, en lo referente al ánimo apropiatorio, lo cual no permite encuadrar, en este estadio procesal, los hechos en la calificación jurídica propuesta por el persecutor sino más bien en las figuras que sugiere la defensa y cuyo marco penal determina la desproporción de la medida cautelar de prisión preventiva. Con lo actuado, se pone término a la audiencia, firmando el

Texto Completo (Preview)

La Serena, tres de febrero de dos mil veintitrés. Siendo las 09:30 horas ante la Primera Sala de esta Corte de Apelaciones presidida por el Ministro señor Christian Le-Cerf Raby e integrada por el Ministro señor Felipe Pulgar Bravo y la Fiscala Judicial señora Pilar Aravena Gómez, se lleva a efecto audiencia para la vista del recurso de apelación interpuesto por la defensa, en contra de la resolu

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