SIN INFORMACION

GARCÍA/CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA Y CENTRO DE FORMACIÓN TÉCNICA ESTATAL DEL MAULE

Rol

Fecha

3 de febrero de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: Primero: Que, el 11 de noviembre de 2022 comparece la abogada doña FERNANDA MARLON ENCINA LABRÍN, interponiendo un recurso de protección en representación de doña MARÍA FRANCISCA SOLANGE GARCÍA, en contra de la CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA y del CENTRO DE FORMACIÓN TÉCNICA DE LA REGIÓN DEL MAULE. Señala como acto ilegal y arbitrario, el Oficio Nº E271332/2022 27 de octubre de 2022 que rechaza el recurso de reposición sobre la resolución que rechaza un Recurso de Ilegalidad del Acto Administrativo que ordena su desvinculación del Centro de Formación Técnica; lo que estima vulnera sus garantías constitucionales, específicamente las consagrada en el artículo 19 N°2 Derecho a la igualdad ante la ley, N°3 Derecho a la igual protección de la ley en el ejercicio de sus derechos, y N°24 Derecho de propiedad, todos de la Constitución Política de la República. Refiere que la protegida se desempeña como Coordinadora de Comunicaciones del Centro de Formación Técnica Estatal del Maule, bajo contrato de trabajo de carácter indefinido suscrito el 6 de noviembre de 2017. Y que el 10 de septiembre de 2021, a través de una Carta de Despido emitida por la Rectora del Centro de Formación Técnica, se ordenó su desvinculación por necesidades de la empresa. Describe que, 24 de septiembre de 2021, el abogado César Concha Gatica interpone Recurso de Ilegalidad del Acto Administrativo ante la Contraloría General de la República, Folio R004513 del año 2021, solicitando que se deje sin efecto la Carta de Despido y se ordene la reincorporación, además del pago de todas las remuneraciones devengadas durante el periodo de la separación. Narra que, el 22 de agosto de 2022, la Contraloría Regional, emite oficio E248154/2022, en el cual concluye: “(…), consta que la señora García Bascuñán fue contratada de manera indefinida, a contar del 2 de noviembre de 2017, siendo aprobado su contrato de trabajo mediante resolución Nº16 esa anualidad. En tal contexto, cabe concluir que el contrato de trabajo de la interesada, sin previo concurso público -según lo informado por el aludido CFT-, vulnerando el mandato contenido en el artículo 44 de la ley Nº18.575, no se ajustó a derecho, por lo que, en consecuencia, cabe desestimar la presentación formulada en favor de la Señora García Bascuñán”. Explica que, el 29 de agosto de 2022 interpone Recurso de Reposición el que fue resuelto el 27 de octubre de 2022, mediante Oficio Nº E271332/2022, el cual resuelve: “En consecuencia, atendido lo expuesto y dado que la recurrente no aporta elementos de juicio que no hubieren sido previamente analizados y cuya ponderación permita variar lo concluido en el pronunciamiento cuestionado, se rechaza la solicitud de reconsideración formulada y se ratifica el oficio NºE248154”. Expone que han existido vicios en el procedimiento de desvinculación vulnerando sus garantías constitucionales. Indica que la carta de despido no se basta a sí misma para poder justificar mediante la causal cont

Fallo

fallo del recurso de protección, SE RECHAZA, con costas, el recurso de protección deducido en representación de doña María Francisca Solange García, en contra de la Contraloría General de la República y del Centro de Formación Técnica de la Región del Maule. Regístrese y archívese. Redacción del abogado integrante don Robert Morrison Munro. N°Protección-11.192-2022. Se deja constancia que no firma la Ministra Interina doña Marisol Ponce Toloza, sin perjuicio de haber concurrido a la vista y acuerdo de la causa, por encontrarse con permiso en conformidad al artículo 347 del Código Orgánico de Tribunales, ni el abogado integrante don Robert Morrison Munro, por estar ausente.

Texto Completo (Preview)

Talca, tres de febrero de dos mil veintitrés. VISTO Y CONSIDERANDO: Primero: Que, el 11 de noviembre de 2022 comparece la abogada doña FERNANDA MARLON ENCINA LABRÍN, interponiendo un recurso de protección en representación de doña MARÍA FRANCISCA SOLANGE GARCÍA, en contra de la CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA y del CENTRO DE FORMACIÓN TÉCNICA DE LA REGIÓN DEL MAULE. Señala como acto ilegal y

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