PINTO/BANCO SANTANDER-CHILE CHILE
Rol
Fecha
2 de febrero de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: PRIMERO: Que comparece doña CATALINA FRANCISCA PINTO LIZANA, quien deduce acción de protección en su favor y contra en contra del BANCO SANTANDER CHILE por un acto ilegal y arbitrario cometido el día 13 de julio del año 2022, el que le afecta gravemente, en razón que dicho Banco no le deja cumplir, arbitrariamente, con la obligación de pago del dividendo del departamento que habita, ya que dicho Banco declara que no es titular de la cuenta con la cual se paga el dividendo, lo que no es cierto, ya que es la titular de la misma, y que debe realizarlo su padre, por consiguiente la acción del Banco Santander lesiona gravemente sus derechos fundamentales A partir de su fallecimiento, se hizo cargo de muchas cosas, junto con ello de organizar todo para nuestro pasar y bienestar, entre ellos los PAGOS que generaba dicho departamento por concepto de dividendo. Los pagos estaban siendo descontados por el Banco Santander de forma mensual sin problema, por sistema PAC (Pago Automático de Cuentas) desde su Cuenta Corriente Life N° 0-000-81-07004-0, del Banco Santander, de la cual es titular. El dinero siempre se encontró disponible para el pago puntual y mensual del mencionado dividendo, que asumió, desde el fallecimiento de su madre, y así mantener su hogar, pero a partir del mes octubre del año 2021, el Banco Santander había desconectado, sin consulta ni aviso alguno, y de forma arbitraria, el sistema de pagos automáticos que se acordó respecto del dividendo desde su cuenta, de lo cual se dio cuenta en el mes de diciembre de mismo año 2021, habiéndose acumulado tres meses de dividendo impago. En efecto, para resolver el problema pendiente se dirigió a la sucursal del Banco Santander en la comuna de San Miguel, con la intención de pagar los tres dividendos que el sistema PAC no había descontado, pero no le dejaron pagar, derivándola a la Sucursal Central ubicada en la comuna de Santiago, tampoco le dieron respuesta, en razón a que la “deuda hipote
Fallo
Por estas consideraciones, y visto además lo dispuesto en los artículos 19 y 20, ambos de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Protección, se rechaza, sin costas, el recurso de protección constitucional deducido por CATALINA FRANCISCA PINTO LIZANA en contra de BANCO SANTANDER CHILE S.A. Regístrese y comuníquese. N°Protección-100973-2022. Pronunciada por la Cuarta Sala, integrada por el Ministro señor Tomas Gray Gariazzo, el Ministro (S) señor Carlos Escobar Salazar y la Fiscal Judicial señora Macarena Troncoso Lopez. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, dos de febrero de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, dos de febrero de dos mil veintitrés. Proveyendo el escrito folio 21: a lo principal: téngase presente. Al otrosí. a sus antecedentes. Vistos y teniendo presente: PRIMERO: Que comparece doña CATALINA FRANCISCA PINTO LIZANA, quien deduce acción de protección en su favor y contra en contra del BANCO SANTANDER CHILE por un acto ilegal y arbitrario cometido el día 13 de juli
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