2DO JUZGADO DE POLICIA LOCAL DE TEMUCO

PAREDES/SERVICIOS JETSUR LIMITADA

Rol

Fecha

2 de febrero de 2023

Materia

APELACIÓN SENTENCIA DEFINITIVA

Resultado

REVOCADA-CONFIRMADA

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Hechos

hechos asentados en la sentencia recurrida, a saber, que el proveedor no cumplió con su obligación de entregar la maleta de la actora al finalizar su viaje. SEGUNDO: Que, de esa forma, se vislumbra que la multa impuesta en la sentencia impugnada aparece desproporcionada conforme a la naturaleza del incumplimiento en que incurrió el proveedor y a la cuantía de lo otorgado en lo relativo a la acción civil. Y visto lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se declara que SE REVOCA la sentencia apelada, únicamente en cuanto a la suma a la que el proveedor es condenado a pagar a como infracción a los artículos 12 y 23 de la Ley N° 19.496, la que se fija en la cantidad de 5 (cinco) unidades tributarias mensuales SE CONFIRMA en todo lo demás la sentencia en alzada. Regístrese y devuélvase. Rol N° Policia Local-150-2022 (pvb).

Fundamentos

motivos y citas legales, a excepción del guarismo “veinte unidades tributarias mensuales” contenido en el resolutivo N° 1 que se elimina, y se tiene, además, presente: PRIMERO: Que, en relación a la determinación de la multa, es menester considerar que ésta debe regularse conforme a los parámetros establecidos en el artículo 24 de la Ley N° 19.496, junto con aquellos hechos asentados en la sentencia recurrida, a saber, que el proveedor no cumplió con su obligación de entregar la maleta de la actora al finalizar su viaje. SEGUNDO: Que, de esa forma, se vislumbra que la multa impuesta en la sentencia impugnada aparece desproporcionada conforme a la naturaleza del incumplimiento en que incurrió el proveedor y a la cuantía de lo otorgado en lo relativo a la acción civil. Y visto lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil,

Fallo

se declara que SE REVOCA la sentencia apelada, únicamente en cuanto a la suma a la que el proveedor es condenado a pagar a como infracción a los artículos 12 y 23 de la Ley N° 19.496, la que se fija en la cantidad de 5 (cinco) unidades tributarias mensuales SE CONFIRMA en todo lo demás la sentencia en alzada. Regístrese y devuélvase. Rol N° Policia Local-150-2022 (pvb).

Texto Completo (Preview)

C.A. de Temuco Temuco, dos de febrero de dos mil veintitrés. A lo principal y otrosí de los escritos folios 27 y 28: Téngase presente. VISTOS. Se reproduce la sentencia apelada, sus motivos y citas legales, a excepción del guarismo “veinte unidades tributarias mensuales” contenido en el resolutivo N° 1 que se elimina, y se tiene, además, presente: PRIMERO: Que, en relación a la determinación de l

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