CLAUDIO ELADIO GONZALEZ MEJIAS CON BANCO ESTADO DE CHILE, SUCURSAL CURICO
Rol
Fecha
2 de febrero de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Visto y
Fundamentos
considerando: 1) Que el recurso de protección tiene por objeto restablecer el imperio del derecho cuando éste hubiere sido quebrantado por actos u omisiones arbitrarios o ilegales que amenacen, perturben o priven del ejercicio legítimo de alguna de las garantías indicadas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, dejando a salvo las demás acciones legales. 2) Que de la presentación efectuada en estos autos, se deduce que la pretensión del recurrente no es susceptibles de conocerse y resolverse por esta vía, toda vez que excede el objeto del recurso de protección y, además, la misma pretensión se encuentra siendo conocida por esta Corte a través de un recurso de apelación deducido contra la sentencia definitiva, cuya revocación se pretende. Por lo razonado y de conformidad, además, a lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República,
Fallo
se declara INADMISIBLE el recurso de protección interpuesto por Claudio González Mejías en contra del Banco del Estado de Chile. Regístrese y archívese. N°Protección-162-2023. En Talca, dos de febrero de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Talca Talca, dos de febrero de dos mil veintitrés. Visto y considerando: 1) Que el recurso de protección tiene por objeto restablecer el imperio del derecho cuando éste hubiere sido quebrantado por actos u omisiones arbitrarios o ilegales que amenacen, perturben o priven del ejercicio legítimo de alguna de las garantías indicadas en el artículo 20 de la Constitución Política de la Repúblic
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