SERVICIO DE VIVIENDA Y URBANISMO VII REGION/
Rol
Fecha
2 de febrero de 2023
Materia
EXPROPIACIÓN, RECLAMACIÓN INDEMNIZACIÓN ART.14 D.L. 2.186
Resultado
REVOCADA
Hechos
VISTO: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de los raciocinios Sexto, Séptimo, Octavo y Noveno, que se eliminan: Y SE TIENE, EN SU LUGAR, EN CONSIDERACION: Primero: Que según el reclamante, el inmueble objeto de la reclamación por expropiación se ubica en calle presidente Ibáñez N°296, comuna de Linares, de una superficie total aproximada de 390,00 metros cuadrados, de los cuales 172,00 metros cuadrados, aproximadamente, están construidos. Lo expropiado, conforme a la Resolución Exenta N° 1.251 de 17 de abril de 2018 de Serviu Región del Maule, corresponde a una superficie de 112,57 metros cuadrados de terreno con todo lo construido y plantado en él y que la Comisión de Peritos nombrada por el SERVIU Región del Maule, en su informe de tasación de la propiedad expropiada, valorizó provisionalmente como monto de indemnización del terreno la suma de $ 150.000, por metro cuadrado, por una superficie de 112,57 metros cuadrados, valorizando provisionalmente la construcción en $ 420.000 por metro cuadrado, siendo 118,07 metros construidos y por obras complementarias la suma de $ 3.503.600; y por especie forestales la suma de $ 465.000, siendo el valor total provisionalmente asignado al inmueble expropiado la suma, de $ 70.443.500, Según el reclamante el inmueble se ubica en un entorno consolidado y tranquilo de la ciudad de Linares, en un área de alta plusvalía, distante a solo cuatro cuadras de la plaza de armas de la ciudad de Linares, con buena conectividad tanto al centro de la ciudad como a lugares turísticos cercanos. Estima que el valor real del metro cuadrado de terreno expropiado, en la suma de $360.000; que el valor real de la construcción es de $ 650.000, teniendo en cuenta que los metros cuadrados de construcción son 118,07 el valor de las obras complementaria es la suma de $ 6.500.000, y las especie forestales 750.000. Además, aduce que se expropiaron 118,07 metros cuadrados y no los 170,00 metros cuadrados construidos, por lo que existen 53,93 m
Fundamentos
motivos plausibles para litigar y por haber obtenido un voto en aras de sus pretensiones. Regístrese y devuélvase, en su oportunidad.- Rol N° 839-2022.- Civil.- Redacción del Ministro don Moisés Muñoz Concha.- Se deja constancia que no firma el abogado integrante don Robert Morrison Munro, sin perjuicio de haber concurrido a la vista y acuerdo de la causa, por estar ausente.
Texto Completo (Preview)
Talca, dos de febrero de dos mil veintitrés.- VISTO: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de los raciocinios Sexto, Séptimo, Octavo y Noveno, que se eliminan: Y SE TIENE, EN SU LUGAR, EN CONSIDERACION: Primero: Que según el reclamante, el inmueble objeto de la reclamación por expropiación se ubica en calle presidente Ibáñez N°296, comuna de Linares, de una superficie total aproximada
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