M.P. C/ ESTEBAN ANDRES FAUNDEZ SEPULVEDA Y JASON ADONIS NENEN SOTO
Rol
Fecha
2 de febrero de 2023
Materia
ROBO CON INTIMIDACION . ART. 433, 436 INC. 1º 438.
Resultado
CONFIRMADA/COMUNICAR
Hechos
Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, oídos los intervinientes que participaron en esta audiencia y de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 140, 149, 352, 358 y 360 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada dictada en audiencia de treinta de enero del año en curso, que ordenó la medida cautelar personal de prisión preventiva respecto de los imputados JASON ADONIS NENEN SOTO y ESTEBAN ANDRÉS FAÚNDEZ SEPÚLVEDA, inserta en la carpeta virtual Rit 1-362-2023 del Juzgado de Garantía de Curicó. Comuníquese por la vía más expedita. Devuélvase. N°Penal-137-2023.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Talca Talca, dos de febrero de dos mil veintitrés. Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, oídos los intervinientes que participaron en esta audiencia y de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 140, 149, 352, 358 y 360 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada dictada en audiencia de treinta de enero del año en curso, que ordenó la medida cautelar personal de pr
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