MEDINA/SUBSECRETARÍA DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Rol
89240-2021
Fecha
1 de diciembre de 2021
Materia
Civil
Resultado
REVOCADA SENTENCIA APELADA
Hechos
Vistos: Se reproduce el fallo en alzada, con excepción de los
Fundamentos
fundamentos que razonan en el sentido de rechazar la acción constitucional los que se eliminan. Y se tiene, en su lugar y, además, presente: Primero: Que, se interpuso acción constitucional de protección en contra del Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Publica, acusando la privación o perturbación en forma ilegal y arbitraria de las garantías del artículo 19 N° 2 y 16° de la Carta Fundamental, es decir, igualdad ante la ley y libertad de trabajo, motivada por el rechazo de solicitud de permanencia definitiva aduciendo insuficiencia de solvencia económica. Este recurso fue rechazado por sentencia dictada por la Corte de Apelaciones, sosteniendo que la recurrida adoptó la determinación impugnada amparada en sus facultades legales, sin que se atisbe actuar arbitrario en la misma. Segundo: Que, en contra de lo resuelto la actora interpuso recurso de apelación, subrayando la excesiva demora en resolver su solicitud como la errada apreciación de los documentos allegados, toda vez que los mismos dan cuenta de suficiente estabilidad laboral y solvencia económica. Solicita la revocación del
Fallo
fallo en alzada, con excepción de los fundamentos que razonan en el sentido de rechazar la acción constitucional los que se eliminan. Y se tiene, en su lugar y, además, presente: Primero: Que, se interpuso acción constitucional de protección en contra del Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Publica, acusando la privación o perturbación en forma ilegal y arbitraria de las garantías del artículo 19 N° 2 y 16° de la Carta Fundamental, es decir, igualdad ante la ley y libertad de trabajo, motivada por el rechazo de solicitud de permanencia definitiva aduciendo insuficiencia de solvencia económica. Este recurso fue rechazado por sentencia dictada por la Corte de Apelaciones, sosteniendo que la recurrida adoptó la determinación impugnada amparada en sus facultades legales, sin que se atisbe actuar arbitrario en la misma. Segundo: Que, en contra de lo resuelto la actora interpuso recurso de apelación, subrayando la excesiva demora en resolver su solicitud como la errada apreciación de los documentos allegados, toda vez que los mismos dan cuenta de suficiente estabilidad laboral y solvencia económica. Solicita la revocación del fallo en alzada, y que se acoja su acción de protección procediendo a un nuevo análisis de sus antecedentes. Tercero: Que, asimismo es del caso considerar que el acto impugnado corresponde a un acto administrativo, donde la motivación es un elemento fundamental, que debe atenerse a la realidad fáctica en la cual
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Santiago, uno de diciembre de dos mil veintiuno. Al escrito folio N° 164099-2021: a todo téngase presente. Vistos: Se reproduce el fallo en alzada, con excepción de los fundamentos que razonan en el sentido de rechazar la acción constitucional los que se eliminan. Y se tiene, en su lugar y, además, presente: Primero: Que, se interpuso acción constitucional de protección en contra del Departamento
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