SIN INFORMACION

TEJADA REYES ALEJANDRO JOEL/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

Fecha

1 de febrero de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece Osvaldo Antonio Sepúlveda Aravena, Defensor Penal Público Penitenciario, en representación del condenado Alejandro Joel Tejeda Reyes, quien actualmente se encuentra cumpliendo condena en el Centro de Cumplimiento Penitenciado Colina I y deduce acción constitucional de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago, por el acto que estima como arbitrario e ilegal consistente en la resolución tomada por la recurrida al rechazarle el beneficio de libertad condicional al que postuló, correspondiente al segundo semestre del año 2022, sin ajustarse a la normativa vigente, vulnerando sus garantías constitucionales, en virtud de lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República; y solicita revocar dicha resolución y se ordene conceder la libertad condicional al amparado. Expone que su defendido se encuentra cumpliendo las penas de 4 años por el delito de Robo con violencia y 61 días por conducción bajo la influencia del alcohol, y que, de acuerdo a la información entregada por Gendarmería de Chile, habría dado inicio a su cumplimiento el 09 de enero de 2020, estimándose como fecha de término el 09 de marzo de 2024. Agrega que a la fecha de postulación para el beneficio de libertad condicional cumplía con todos los requisitos solicitados en la ley, teniendo el tiempo mínimo de cumplimiento de la sanción impuesta y presentando los últimos cuatro bimestres de conducta calificada como muy buena, indicando aparece de lo resuelto, que aquello ha sido sin considerar todos los antecedentes del condenado, existiendo insuficiente fundamentación a la hora de explicar los

Fundamentos

motivos del rechazo, no siendo la resolución suficientemente categórica para negar la concesión de la libertad condicional. Reprocha que la Comisión denegara la concesión del beneficio pedido a pesar de cumplir con todos los requisitos legales, incurriendo en infracción de la normativa contenida en DL 321 sobre Libertad Condicional, además de fundamentarse el rechazo en exigencias no contempladas en la ley o en requisitos mayores a los dispuestos en la normativa, sin justificar debidamente la decisión adoptada, sin valorar en ese sentido el contenido del informe psicosocial evacuado por Gendarmería de Chile. Previas citas legales, solicita que se acoja el recurso ordenando como medida para restablecer el imperio del derecho dejar sin efecto la resolución que rechaza la libertad condicional al amparado, decretando que se le conceda dicha libertad. . SEGUNDO: Que, informando don Alejandro Aguilar Brevis, Ministro Presidente de la Comisión de Libertad Condicional, señaló que por resolución de 24 de octubre recién pasado se resolvió rechazar por unanimidad la concesión del beneficio pretendido. Destacó que, si bien el amparado cumple con las exigencias de tener muy buena conducta y tiempo mínimo de condena, la resolución de la comisión razonó en el sentido del informe de Postulación Psicosocial acompañado por Gendarmería, que en lo pertinente avizora que el amparado tiene factores de riesgo de reincidencia que precisamente desaconsejan dar lugar al beneficio de la libertad condicional. La resolución de rechazo señaló “Que al revisar los antecedentes del interno contenidos en la postulación remitida por Gendarmería de Chile, integrada por el “Formulario Consolidado de Postulación”, copia de la sentencia expedida en su contra, por un delito de conducción en estado de ebriedad y robo con violencia, (cumpliendo una condena de 61 días y cuatro años), e “Informe de Postulación Psicosocial” con su correspondiente documentación de respaldo, ponderados por esta Comisión con arreglo a las atribuciones que el Decreto Ley N°321 otorga, se puede comprobar que si bien el postulante habría permanecido privado de libertad por el tiempo mínimo para acceder al beneficio (el 20 de octubre de 2022) y que además mantiene conducta intachable durante los cuatro últimos bimestres de su condena, cumpliéndose los requisitos que establecen los números 1 y 2 del artículo 2 del Decreto Ley citado, sin embargo, la misma documentación da cuenta de la existencia de factores de riesgo de reincidencia que desaconsejan, por ahora, otorgarle el beneficio solicitado. En efecto, entre los documentos analizados por esta Comisión es posible advertir que se trata de un interno de mediano compromiso delictual, y de la lectura del informe incorporado el cual refiere que: según evaluación obtiene alto nivel de riesgo de reincidencia, con necesidades de intervención en las áreas de pares, educación y empleo, Uso del tiempo libre y patrón antisocial. En cuanto a las características personal

Fallo

Por estas consideraciones y con lo dispuesto, además, en los artículos 2 N° 3 del D.L. N° 321 de 1925, 12 del Decreto Nº 338 de 2019, del Ministerio de Justicia y 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor de Alejandro Joel Tejeda Reyes, en contra la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-185-2023.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, uno de febrero de dos mil veintitrés. Al escrito folio 6: téngase presente. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece Osvaldo Antonio Sepúlveda Aravena, Defensor Penal Público Penitenciario, en representación del condenado Alejandro Joel Tejeda Reyes, quien actualmente se encuentra cumpliendo condena en el Centro de Cumplimiento Penitenciado Colina I y deduce ac

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