JUZGADO DE GARANTIA DE SAN PEDRO DE LA PAZ

MP. C/ FELIPE ANDRES MOLINA ORMENO

Rol

Fecha

1 de febrero de 2023

Materia

ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION. ART. 440.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

VISTO Y TENIENDO, ADEMÁS, PRESENTE: 1.- Que la defensa del imputado Marcos Nicolás Tapia Molina, ha apelado de la resolución de veinticuatro de enero del presente año, que mantuvo a su respecto la medida cautelar de prisión preventiva, quien se encuentra formalizado como autor del delito de robo en lugar habitado o destinado a la habitación, en grado frustrado, cuestionando únicamente el presupuesto de la letra c) del artículo 140 del Código Procesal Penal. Solicita se sustituya la medida cautelar impuesta por la del artículo 155, letra a) del mismo cuerpo legal, en su modalidad de total, por estimarla más proporcional para este caso. 2.- Que conforme lo señalado por los intervinientes en esta audiencia, en este caso, no se discute los presupuestos materiales consignados en las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, centrándose entonces, la cuestión discutida en la medida cautelar más proporcional para el imputado Tapia Molina. 3.- Que teniendo presente lo anterior y en lo que se refiere a la letra c) del artículo 140, ha de tenerse presente que el referido encausado se encuentra formalizado por un delito que tiene asignada pena de crimen, atendida la naturaleza y gravedad del mismo. Por otro lado, en los hechos investigados se actuó en grupo o pandilla, desde que se ha indicado que intervinieron en éste, a lo menos cuatro sujetos, de los cuales se encuentran dos formalizados. Además, el imputado de que se trata mantiene dos causas vigentes RIT 6065-2022 del Juzgado de Garantía de Concepción y la 1756-2022 del Juzgado de Garantía de San Pedro de la Paz por delitos cuyo bien jurídico protegido es la propiedad, sin perjuicio de lo anterior, se indicó por el Ministerio Público que mantiene una condena por el delito de desórdenes públicos del 2019, la que le fue sustituida por remisión condicional, y se encuentra pendiente de cumplimiento por la falta de presentación del sentenciado, y, se agregó que en las causas que mantiene vigentes se encuentr

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C.A. de Concepción CAS/mfmm Concepción, uno de febrero de dos mil veintitrés. VISTO Y TENIENDO, ADEMÁS, PRESENTE: 1.- Que la defensa del imputado Marcos Nicolás Tapia Molina, ha apelado de la resolución de veinticuatro de enero del presente año, que mantuvo a su respecto la medida cautelar de prisión preventiva, quien se encuentra formalizado como autor del delito de robo en lugar habitado o dest

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