NAVARRETE/BNP PARIBAS CARDIF SEGUROS GENERALES S. A.
Rol
Fecha
1 de febrero de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1°) Que, comparece don Mauricio Alejandro Canales Rojas, habilitado en derecho, en favor de Mónica del Carmen Navarrete Fariña, accionando de protección contra de BNP PARIBAS CARDIF Seguros Generales S.A. por el acto que estima arbitrario e ilegal consistente en el rechazo de Siniestro N°536253 debido a que el asegurado Carlos Manuel Astudillo Araos (Q.E.P.D.) según ficha entregada se registra haber sufrido un ACV anterior a la fecha de contratación de la póliza, lo que estima vulnera las garantías contenidas en los numerales 1 y 24 del artículo 19 de la Carta Fundamental. Explica que el asegurado era su cónyuge, quien contrató un seguro con la recurrida el 30 de marzo de 2020, con cobertura de “enfermedades graves”, aceptando todas las condiciones legales establecidas por la aseguradora. Asegura que a la fecha de la firma de la póliza cumplió con todos los requisitos de asegurabilidad, y durante la vigencia del contrato cumplió con el pago de la póliza. Agrega que don Carlos fallece por un paro cardiorrespiratorio. Expone que la recurrida se negó a pagar el siniestro identificado con el N°536253, amparándose en el artículo 4 de las Condiciones Generales de la póliza, referido a las exclusiones, y que señala: h) Situaciones o enfermedades preexistentes, entendiéndose por tales las definidas en el artículo 3° de estas Condiciones Generales. Para los efectos de la aplicación de esta exclusión, al momento de la contratación la Compañía Aseguradora deberá consultar al Asegurable acerca de todas aquellas situaciones o enfermedades preexistentes que pueden importar una limitación o exclusión de cobertura. En el certificado de cobertura se establecerán las restricciones y limitaciones de la cobertura en virtud de la declaración de salud efectuada por el Asegurable, quien deberá entregar su consentimiento a las mismas mediante declaración especial firmada por él, la cual formará parte integrante de la Póliza (...). En ese sentido, y en razón de
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, uno de febrero de dos mil veintitrés. A los folios N° 23, 24 y 25: a todo, téngase presente. Vistos y teniendo presente: 1°) Que, comparece don Mauricio Alejandro Canales Rojas, habilitado en derecho, en favor de Mónica del Carmen Navarrete Fariña, accionando de protección contra de BNP PARIBAS CARDIF Seguros Generales S.A. por el acto que estima arbitrario e ilegal co
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