GUEVARA / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
1 de febrero de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTOS: Que, en folio 1 comparece Alieth Carolina Guevara Guevara, venezolana, con domicilio en Viña del Mar, Región de Valparaíso, quien recurre de protección contra el Servicio Nacional de Migraciones, porque ilegal y arbitrariamente ha omitido resolver su solicitud de Permanencia Definitiva, presentada el 1 de junio de 2020, lo que conculca su garantía consagrada en el numeral 2 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Afirma que dicha omisión ha trasgredido los artículos 7 y 27 de la Ley N°19.880 y con ello la garantía constitucional de igualdad ante la ley de la recurrente, por lo que solicita instruir a la recurrida para que se pronuncie sobre la mencionada petición. Acompaña documentos al recurso. A folio 8, se prescindió del informe de la recurrida y se ordenó traer los autos en relación. Sin perjuicio de lo anterior, a folio 10 evacua su informe el Servicio Nacional de Migraciones, quien solicita el rechazo de la acción cautelar, por cuanto la solicitud d la actora se encuentra en etapa de “Pago de Derechos”, desde el 20 de septiembre de 2022, por lo que el impulso del procedimiento se encuentra en la esfera de atribuciones de la extranjera. CON LO RELACIONADO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: Que, teniendo presente lo informado por la autoridad recurrida, no se ha acreditado en autos que se haya practicado en forma legal, la notificación a la actora, del avance de su solicitud y su obligación de Pagar los derechos relativos a ella, por lo que se acogerá la presente acción, en los términos que se dirán.
Fallo
Por estas consideraciones y lo establecido en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, se acoge, sin costas, el recurso de protección deducido a favor de Alieth Carolina Guevara Guevara contra el Servicio Nacional de Migraciones, solo en cuanto se ordena a la recurrida notificar a la actora, en forma legal, de su obligación de Pago de Derechos con respecto a su solicitud de permanencia definitiva, y luego de su cumplimiento, deberá proseguir con el procedimiento administrativo en la forma que en derecho corresponda. Regístrese, notifíquese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-170742-2022.
Texto Completo (Preview)
I.C.A. de Valparaíso Valparaíso, uno de febrero de dos mil veintitrés. VISTOS: Que, en folio 1 comparece Alieth Carolina Guevara Guevara, venezolana, con domicilio en Viña del Mar, Región de Valparaíso, quien recurre de protección contra el Servicio Nacional de Migraciones, porque ilegal y arbitrariamente ha omitido resolver su solicitud de Permanencia Definitiva, presentada el 1 de junio de 2020
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