CEN/SERVICIO NACIONAL MIGRACIONES
Rol
Fecha
1 de febrero de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparecen los abogados Pablo Daniel Peñaloza Parra, cédula de identidad para extranjeros N°26.322.938-K y Joaquín Andrés Contreras Roa, cédula de identidad para extranjeros N°25.899.707-7, por sí y a favor de HUANE CEN, de nacionalidad china, cédula para extranjeros N° 26.202.308-7 domiciliada para estos efectos en calle Manuel Rodríguez 845, Comuna de Curicó, Región del Maule, quienes deducen acción de protección de garantías constitucionales en contra del SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES, dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, representado por don Luis Thayer Correa, Sociólogo, con domicilio en San Antonio 580, comuna Santiago, Región Metropolitana de Santiago, por la omisión ilegal y arbitraria en emisión de resolución exenta que pone fin al procedimiento administrativo aprobando o rechazando solicitud visa temporaria, solicitada por la recurrente con fecha diecinueve de mayo de dos mil veintidós, por impedir dicha omisión el principio de igualdad ante la ley, conforme lo preceptuado en el artículo 19 número 2 de la Constitución Política de la República, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 6, 7, 8, 9, 14, 24 y 27 de Ley N° 19.880. En relación a los hechos fundantes del recurso, señalan que HUANE CEN, empleada, de nacionalidad china, ingresó al país en calidad de turista. Luego, decidió cambiar su condición migratoria postulando a la visa temporaria, con el propósito de establecerse y desarrollar su proyecto de vida en Chile. Así entonces, en virtud del vencimiento de su visa de residente temporario la recurrente calculó y pagó la multa con fecha uno de abril de dos mil veintidós, correspondiente a la sanción pecuniaria que le fue aplicada por residencia irregular dentro del país. Luego, el cinco de abril de dos mil veintiuno solicitó el beneficio migratorio de permanencia definitiva, según consta en comprobante de solicitud N°21907245. Sin embargo, hasta la fecha no ha recibido ninguna respuesta por parte del Servicio recurrido, ni se ha liberado la orden de giro correspondiente al beneficio solicitado, lo que lo mantiene en una situación de preocupación e incertidumbre ante un trámite por demás demorado. Refieren que la omisión arbitraria e ilegal por parte del Servicio Nacional de Migraciones corresponde al excesivo tiempo de tramitación en dar respuesta a la postulación de residencia temporaria, esto es, desde la solicitud realizada con fecha cinco de abril de dos mil veintiuno, hasta el momento de presentación del recurso, ha transcurrido seis meses y un día, sin que la autoridad administrativa se haya pronunciado sobre la solicitud realizada por el recurrente. En este sentido, solicitan se considere lo dispuesto en los artículos 4, 7, 9 y 27 de Ley N°19.880 que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado, debiendo destacarse el artículo 7 y 27, al consagrar el Principio de Celeridad, esto es
Fallo
fallo del recurso de protección, SE RECHAZA, sin costas, el recurso de protección interpuesto por los abogados Pablo Daniel Peñaloza Parra y Joaquín Andrés Contreras Roa, en favor de doña Huane Cen, en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Sin perjuicio de lo resuelto, se recomienda al Servicio recurrido dar celeridad a la sustanciación del procedimiento administrativo objeto del recurso, atendiendo sus propias circunstancias de tramitación y orden de antigüedad. Regístrese y archívese en su oportunidad. Rol N° 12.834-2022 Protección.
Texto Completo (Preview)
Talca, uno de febrero de dos mil veintitrés. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparecen los abogados Pablo Daniel Peñaloza Parra, cédula de identidad para extranjeros N°26.322.938-K y Joaquín Andrés Contreras Roa, cédula de identidad para extranjeros N°25.899.707-7, por sí y a favor de HUANE CEN, de nacionalidad china, cédula para extranjeros N° 26.202.308-7 domiciliada para estos efectos en
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