DEL REAL AUTOS S.A. CON NAVIERA SAN ISIDRO SPA
Rol
84547-2021
Fecha
30 de noviembre de 2021
Materia
Civil
Resultado
INADMISIBLES RECURSOS DE CASACIÓN FORMA Y FONDO
Hechos
Visto y teniendo presente: 1°) Que en este procedimiento seguido ante el Primer Juzgado Civil de Rancagua bajo el Rol C-19391-2016, caratulado “Del Real Autos S.A. con Naviera San Isidro SpA”, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad de los recursos de casación deducidos contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de Rancagua que, confirmando la de primer grado, rechazó un incidente de acumulación de autos y negó lugar a la solicitud de suspensión de la ejecución de la sentencia definitiva. 2°) Que el artículo 766 del Código de Procedimiento Civil admite el recurso de casación en la forma contra sentencias definitivas e interlocutorias cuando ponen término al juicio o hacen imposible su continuación, y, excepcionalmente, contra las sentencias interlocutorias dictadas en segunda instancia sin previo emplazamiento de la parte agraviada, o sin señalar día para la vista de la causa. 3°) Que, a su vez, el artículo 767 del referido cuerpo legal hace procedente el recurso de casación en el fondo contra sentencias definitivas inapelables y contra sentencias interlocutorias inapelables cuando ponen término al juicio o hacen imposible su continuación, dictadas -en lo que interesa para el presente caso- por Cortes de Apelaciones, siempre que se hayan pronunciado con infracción de ley y esta infracción haya influido sustancialmente en lo dispositivo de la sentencia. 4º) Que la resolución impugnada por esta vía no presenta la característica de aquellas aludidas en los
Fundamentos
motivos anteriores, toda vez que no ha puesto fin a la instancia como tampoco ha concluido el juicio o imposibilitado su prosecución, ni se encuentra en la situación excepcional prevista en la primera de las normas citadas, razón por la cual los recursos de nulidad no podrán ser admitidos a tramitación.
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 766, 767, 781 y 782 del Código de Procedimiento Civil, se declaran inadmisibles los recursos de casación en la forma y en el fondo interpuestos por el abogado Juan Miguel Ramírez Ortubia al folio N°96056-2021, y el recurso de casación en el fondo deducido por la abogada María Loreto Ried Undurraga, contra la sentencia de quince de septiembre de dos mil veintiuno dictada por la Corte de Apelaciones de Rancagua en el ingreso rol 149-2021. Al primer y segundo otrosí del folio 157231: estese a lo resuelto. Regístrese y devuélvase, vía interconexión. N°84.547-2021
Texto Completo (Preview)
1 2 Santiago, treinta de noviembre de dos mil veintiuno. Visto y teniendo presente: 1°) Que en este procedimiento seguido ante el Primer Juzgado Civil de Rancagua bajo el Rol C-19391-2016, caratulado “Del Real Autos S.A. con Naviera San Isidro SpA”, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad de los recursos de casación deducidos contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de Rancagua que, c
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