LENA / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
1 de febrero de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos: Con fecha 1 de diciembre de 2022 se recurre de protección en favor de la ciudadana haitiana Rebecca Terestal Louis contra el Servicio Nacional de Migraciones, porque ilegal y arbitrariamente no se ha pronunciado sobre la prórroga de visa de temporaria que solicitó el 15 de enero de 2020, lo que vulnera su garantía de igualdad ante la ley. Solicita ordenar a la recurrida que emita su parecer en el breve plazo, con costas. Con fecha 24 de enero de 2023 se prescindió del informe solicitado. Con fecha 30 de enero de 2023 la recurrida hizo presente que la solicitud fue otorgada por Resolución Exenta N° 189359 de 9 de noviembre de 2020, de manera que en su opinión este arbitrio debe ser desestimado por haber perdido oportunidad. Se trajeron los autos en relación. Con lo relacionado y
Fundamentos
considerando: Primero: Que, del mérito de los antecedentes y particularmente de la documentación acompañada por la autoridad recurrida, no se advierte que la Resolución Exenta N° 189359 de 9 de noviembre de 2020, que otorgó a la recurrente la prórroga de la visa por la que aquí reclama y por un período de tiempo ya vencido, le haya sido válidamente notificada, lo que atenta contra lo previsto en los artículos 46 de la Ley N° 19.880 y 146 de la actual Ley de Migraciones N° 21.325. En efecto, para entender cumplido dicho requisito legal, sea ya mediante carta certificada o por correo electrónico, lo cierto es que la recurrida tiene la carga de acreditar documentadamente ante esta Corte el modo en que cumplió dicho mandato legal, lo que no consta en este caso. Segundo: Que, en consecuencia, la actuación de la recurrida deviene en ilegalidad y vulnera con ello la garantía de igualdad ante la ley, porque priva al recurrente de ejercer sus derechos, a diferencia de otros ciudadanos extranjeros que han tomado conocimiento válido de las comunicaciones y resoluciones pronunciados por el Servicio Nacional de Migraciones, lo que conlleva a acoger el presente arbitrio en los términos que se dirán.
Fallo
Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se acoge el recurso de protección deducido en favor de Rebecca Terestal Louis, sólo en cuanto el Servicio Nacional de Migraciones deberá reiniciar el procedimiento administrativo iniciado el 15 de enero de 2020 para los efectos de notificar válidamente a la actora de la Resolución Exenta N° 189359 de 9 de noviembre de 2020, acorde al artículo 46 de la Ley N° 19.880 y, asimismo, para que disponga que la prórroga de visa temporaria comenzará a regir por el plazo que corresponda, desde que se verifique la notificación mencionada. Regístrese, notifíquese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°Protección-169149-2022.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valparaíso Valparaíso, uno de febrero de dos mil veintitrés. Vistos: Con fecha 1 de diciembre de 2022 se recurre de protección en favor de la ciudadana haitiana Rebecca Terestal Louis contra el Servicio Nacional de Migraciones, porque ilegal y arbitrariamente no se ha pronunciado sobre la prórroga de visa de temporaria que solicitó el 15 de enero de 2020, lo que vulnera su garantía de igua
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