27º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

RETAMAL POVEDA MARIA/ CALLEJAS MONTOYA ALEJANDRO - TOMO II

Rol

74780-2021

Fecha

30 de noviembre de 2021

Materia

Civil

Resultado

INADMISIBLES RECURSOS DE CASACIÓN FORMA Y FONDO

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Hechos

Visto y teniendo presente: 1°.- Que en este procedimiento ordinario de reivindicación seguido ante el Vigésimo Séptimo Juzgado Civil de Santiago bajo el rol N° C-16.124-2010, caratulado “Retamal Poveda María con Callejas Montoya Alejandro”, el terero en estos autos Brain Pacha Chacoff Maffud recurre de casación en la forma y en el fondo en contra de la resolución de la Corte de Apelaciones de esta ciudad dictada el uno de julio del año en curso que declaró la prescripción de la apelación interpuesta por dicha parte contra la resolución que rechazó su incidente de nulidad de lo obrado. 2°.- Que el artículo 766 del Código de Procedimiento Civil dispone que se admite el recurso de casación en la forma contra sentencias definitivas y contra sentencias interlocutorias cuando ponen término al juicio o hacen imposible su continuación, y, excepcionalmente, contra las sentencias interlocutorias dictadas en segunda instancia sin previo emplazamiento de la parte agraviada, o sin señalar día para la vista de la causa. En tanto, el artículo 767 del Código de Procedimiento Civil dispone que se admite el recurso de casación en el fondo contra sentencias definitivas inapelables y contra sentencias interlocutorias inapelables cuando ponen término al juicio o hacen imposible su continuación, dictadas -en lo que interesa para el presente caso - por Cortes de Apelaciones, siempre que se hayan pronunciado con infracción de ley y esta infracción haya influido substancialmente en lo dispositivo de la sentencia. 3º.- Que la resolución impugnada por esta vía no presenta la característica de aquellas aludidas en el motivo anterior, toda vez que no ha puesto fin a la instancia, ni ha concluido el juicio o hecho imposible su prosecución, como tampoco se encuentra en la situación excepcional prevista en la primera de las normas citadas, razón por la cual los recursos de nulidad intentados en autos no podrán ser admitido a tramitación. Por estas consideraciones y de conformidad además con lo

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad además con lo dispuesto en los artículos 766, 767, 781 y 782 del Código de Procedimiento Civil se declaran inadmisibles los recursos de casación en la forma y en el fondo interpuestos por el abogado Carlos Khader Pereira Jadue en representación de Brain Pacha Chacoff Maffud en contra de la sentencia de uno de julio del presente año dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago. Regístrese y devuélvase con sus agregados. N° 74.780-21.

Texto Completo (Preview)

1 Santiago, treinta de noviembre de dos mil veintiuno. Visto y teniendo presente: 1°.- Que en este procedimiento ordinario de reivindicación seguido ante el Vigésimo Séptimo Juzgado Civil de Santiago bajo el rol N° C-16.124-2010, caratulado “Retamal Poveda María con Callejas Montoya Alejandro”, el terero en estos autos Brain Pacha Chacoff Maffud recurre de casación en la forma y en el fondo en co

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