JUZGADO DE LETRAS DE TOCOPILLA

CABRERA/LIPESED S.A.

Rol

Fecha

31 de enero de 2023

Materia

ART. 2 CT. SOBRE ACTOS DE DISCRIMINACIÓN

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: El recurso de nulidad interpuesto por Sebastián Gornall Siede, abogado, en representación de Alejandro Antonio Cabrera Pereira, contra la sentencia definitiva dictada el 05 de agosto de 2022, en la causa RIT T-3-2021, del Juzgado de Letras del Trabajo de Tocopilla, por la que la Juez a quo rechazó sendas demandas de tutela laboral por vulneración de derechos fundamentales con ocasión del despido, cobro de prestaciones e indemnizaciones y nulidad de despido; en subsidio, de despido injustificado, indebido o improcedente, cobro de prestaciones e indemnizaciones y nulidad de despido presentadas por su representado; en ambos casos, contra las empresas Terra Mining Ingeniería SpA, Compañía Mantos de la Luna S.A, Grace S.A., Compañía Minera Gatico S.A., Compañía Minera de Tocopilla S.A. Compañía Minera y Metalúrgica Metalmin S.A. y Lipesed S.A., y, al así hacerlo, incurrió en las causales de nulidad de los artículos 477, en relación con los artículos 169, letra a); 493, 2; 162, inciso tercero; 309 y 174; en subsidio, 478 c), todos del Código del Trabajo, por los

Fundamentos

motivos que expone, infracciones que influyeron sustancialmente en lo dispositivo del

Fallo

fallo por lo que pide “se invalide el fallo, determinando el estado en que queda la causa en el proceso y ordene la remisión de los antecedentes para conocimiento del tribunal correspondiente, en el caso de la primera causal, o deje sin efecto la mencionada sentencia y, acto seguido, dicte la sentencia de reemplazo que corresponda, acogiendo la de nulidad de tutela, las indemnizaciones y recargos reclamados, la acción subsidiaria, de no acogerse la principal o alguna de ellas”, con costas. En la vista de la causa, alegaron los abogados, Yangtse-Kiang Kong Camacho, por el recurso, y Horacio Infante Caffi, contra el recurso, quedando la causa en estudio, pasando luego a acuerdo. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, de modo principal, el recurrente pide se invalide la sentencia definitiva recurrida por cuanto la Juez a quo, al resolver, incurrió en la causal de nulidad del artículo 477, infracción de ley, específicamente, los artículos 169, letra a); 493, 2; 162, inciso tercer; 309 y 174, todos del Código del Trabajo, infracciones que influyeron sustancialmente en lo decidido en orden a rechazar las demandas de tutela laboral por vulneración de derechos fundamentales con ocasión del despido, cobro de prestaciones e indemnizaciones y nulidad de despido, en subsidio, de despido injustificado, indebido o improcedente, cobro de prestaciones e indemnizaciones y nulidad de despido presentadas por su representado. SEGUNDO: Que, al respecto, en cuanto el recurrente alega que la Juez a quo, en

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Antofagasta, a treinta y uno de enero de dos mil veintitrés. VISTOS: El recurso de nulidad interpuesto por Sebastián Gornall Siede, abogado, en representación de Alejandro Antonio Cabrera Pereira, contra la sentencia definitiva dictada el 05 de agosto de 2022, en la causa RIT T-3-2021, del Juzgado de Letras del Trabajo de Tocopilla, por la que la Juez a quo rechazó sendas demandas de tutela labor

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