SIN INFORMACION

MOLINA/CAJA LOS ANDES.

Rol

Fecha

31 de enero de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA CON COSTAS

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Hechos

VISTOS: La comparecencia de Mario Andrés Espinosa Valderrama, abogado, en representación de Yan Luis Molina Godoy, chileno, trabajador dependiente, cédula de identidad N° 13.421.500-3, ambos domiciliados para estos efectos en General Manuel Baquedano N°50, oficina 804, Edificio Singular, comuna de Antofagasta, Región de Antofagasta, quien dedujo recurso de protección en contra de Caja de Compensación de Asignación Familiar Los Andes, representada legalmente por don Nelson Mauricio Rojas, solicitando que se adopten las medidas necesarias para el restablecimiento del imperio del derecho, ordenando a la recurrida desistir en los descuentos efectuados sobre su remuneración mensual, además de la devolución de todos los dineros ya descontados todo con condenación en costas. Informó la recurrida, solicitando el rechazo del recurso. Puesta la causa en estado, se han traído los autos para dictar sentencia. CON LO RELACIONADO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el recurso se funda en la existencia de un actuar ilegal y arbitrario de la recurrida, consistente en la realización de descuentos de su remuneración a través de planillas de créditos que ya han sido declarados prescritos, de manera indebida. Con fecha 13 de marzo del año 2014, la Caja de Compensación Los Andes le otorgó un crédito por el monto de $2.736.099 por concepto de capital, más los intereses correspondientes, pagaderos en 60 cuotas mensuales, iguales y sucesivas por un valor de $96.774 pesos cada una, cayendo en mora a partir de la cuota con vencimiento el 30 de marzo 2016. Posteriormente, producto del incumplimiento en el pago, se inició un juicio ejecutivo ante el Tercer Juzgado de Letras en lo Civil de Antofagasta en la causa Rol C-5293-2016, en el cual la caja de compensación entabló cobro ejecutivo de dicho pagaré, haciendo exigible el total de la obligación, cuyo monto ascendería a la suma de $ 1.687.261 más intereses y costas. Al no generar actuación procesal tendiente a dar curso diligente a los autos ejecutivos mencionados, el tribunal acoge la excepción de prescripción opuesta por su parte, condenando en costas al ejecutante. No obstante lo anterior, en noviembre del año 2022, señala el recurrente con la intención de reorganizar sus recursos, decidió revisar su liquidación de sueldo, oportunidad en que se percató sobre un descuento denominado “Descuento Crédito CCAF (cuota 44/83)” por la suma de $130.150. En ese entendido entiende que la conducta desplegada por la Caja de Compensación recurrida, es caprichosa e injustificada, vulnerando las garantías constitucionales consagradas en el N° 2 y 24 del artículo 19 de la Constitución Política, por lo que solicita se ordene que la recurrida cese los descuentos remuneracionales; el reintegro total de los montos indebidamente retenidos, con costas. SEGUNDO: Que informó el abogado Matías Amigo García, en representación de la recurrida, Caja de Compensación Los Andes, solicitando el rechazo del recurso. En primer lugar, luego de relatar las condiciones en que fue otorgado el crédito al recurrente, señaló que las cuotas de los meses de abril de 2014 a febrero de 2016 correspondientes a las cuotas 1 a 23, se pagaron regularmente durante el periodo 10 de mayo de 2014 al 10 de marzo de 2016. Respecto a las cuotas del mes de marzo de 2016 a junio de 2017 correspondiente a las cuotas número 24 a 39, más el saldo de capital insoluto, por un total de $3.088.098.-, se reprogramaron con fecha 11 de julio de 2017, en un plazo de 60 meses, a una tasa de 2.11%, con una cuota de $93.138.-, cuyo primer vencimiento fue el 31 de agosto d 2017. Que relativo a dicha reprogramación las cuotas del mes de agosto de 2017 a febrero de 2019 números 1 a 19, se pagaron durante el periodo 10 de septiembre de 2017 al 10 de diciembre de 2019, que en la misma línea las cuotas del mes de marzo de 2019 a marzo de 2021 números 20 a 44, se pagaron durante el periodo 10 de enero de 2020 al

Fallo

Por estas consideraciones y atendido además lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, SE ACOGE, con costas, el recurso de protección deducido por Mario Espinoza Valderrama en representación de Yan Luis Molina Godoy, en contra de la Caja de Compensación de Asignación Familiar los Andes, y en consecuencia se ordena a la recurrida abstenerse en lo sucesivo de efectuar o informar descuentos en las remuneraciones del recurrente, y la restitución del dinero descontado, debidamente reajustados, dentro de décimo día de ejecutoriada esta sentencia. Acordada la condena en costas con el voto en contra de la Ministro Sra. Claudia Miranda, quien fue de parecer de eximir el pago de las costas por cuanto el crédito cobrado efectivamente no fue pagado. Se regula las costas personales en la suma equivalente a un (1) ingreso mínimo mensual para fines remuneracionales. Regístrese y comuníquese. Rol 42448–2022 (PROT) 1

Texto Completo (Preview)

Antofagasta, a treinta y uno de enero de dos mil veintitrés. VISTOS: La comparecencia de Mario Andrés Espinosa Valderrama, abogado, en representación de Yan Luis Molina Godoy, chileno, trabajador dependiente, cédula de identidad N° 13.421.500-3, ambos domiciliados para estos efectos en General Manuel Baquedano N°50, oficina 804, Edificio Singular, comuna de Antofagasta, Región de Antofagasta, qui

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