SIN INFORMACION

LENA / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

1 de febrero de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

VISTOS: Que, en folio 1 comparece Jorge Manuel Lena Salgado, abogado, quien recurre de protección a favor de Cherly Rosenay, haitiana, con domicilio en Viña del Mar, Región de Valparaíso, contra el Servicio Nacional de Migraciones, porque ilegal y arbitrariamente ha omitido resolver su solicitud de permanencia definitiva, presentada el 22 de julio de 2021, lo que conculca su garantía consagrada en el numeral 2 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Afirma que dicha omisión ha trasgredido los artículos 7 y 27 de la Ley N°19.880 y con ello la garantía constitucional de igualdad ante la ley del recurrente, por lo que solicita instruir a la recurrida para que se pronuncie sobre la mencionada petición. Acompaña documentos al recurso. A folio 15, se prescindió del informe de la recurrida y se ordenó traer los autos en relación. CON LO RELACIONADO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: Primero: Que, del mérito de los antecedentes, especialmente el comprobante de solicitud en trámite, acompañado por la actora, aparece que la solicitud fue realizada en julio del año 2020, siendo admitida a tramitación por la recurrida. Segundo: Que, no habiéndose informado por la recurrida el estado de tramitación de la solicitud, se tendrá presente la fecha de inicio de tramitación de la misma, a partir de lo cual aparece que ha existido una dilación excesiva en su tramitación lo que permite concluir que la autoridad administrativa ha infringido los artículos 7 y 27 de la Ley N°19.880 y, como consecuencia de aquello, lo dispuesto en la garantía constitucional del artículo 19 N° 2 de la Constitución Política de la República, al realizarse por un Órgano de la Administración del Estado, una discriminación arbitraria e ilegal en la tramitación de las solicitudes de permanencia definitiva, en relación con el trato dispensado a otros interesados que en igual situación han podido tramitar sus solicitudes y obtener una decisión terminal, razones por las cuales se acogerá la presente acción.

Fallo

Por estas consideraciones y lo establecido en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, se acoge, sin costas, el recurso de protección deducido a favor de Cherly Rosenay y, por consiguiente, el Servicio Nacional de Migraciones deberá, dentro del plazo de sesenta días, concluir la tramitación y emitir pronunciamiento como en derecho corresponda, sobre la solicitud de permanencia definitiva presentada por la parte recurrente. Regístrese, notifíquese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-145655-2022.

Texto Completo (Preview)

I.C.A. de Valparaíso Valparaíso, uno de febrero de dos mil veintitrés. VISTOS: Que, en folio 1 comparece Jorge Manuel Lena Salgado, abogado, quien recurre de protección a favor de Cherly Rosenay, haitiana, con domicilio en Viña del Mar, Región de Valparaíso, contra el Servicio Nacional de Migraciones, porque ilegal y arbitrariamente ha omitido resolver su solicitud de permanencia definitiva, pres

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