SIN INFORMACION

QUIJADA/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES.

Rol

Fecha

31 de enero de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto y

Fundamentos

considerando: PRIMERO: Que compareció Claudio Quiroga Hinojosa e interpuso recurso de protección en favor de Hipólito José Quijada Fermín, venezolano, en contra del Servicio Nacional de Migraciones por la vulneración de los derechos contemplados en el artículo 19 en sus números 2 y 3 de la Constitución Política de la República, con el objeto de restablecer el imperio del derecho y asegurar su protección como afectado. Expuso que el extranjero reside actualmente en Colombia, y se encuentra a la espera de la respuesta de su solicitud de visa de residente sujeto a contrato de trabajo, para ingresar al país, contando con contrato de trabajo de fecha 11 de noviembre de 2021, a fin de que el recurrente ingrese de forma legal a trabajar al país. En este contexto, envió carta al Consulado chileno solicitando la aprobación de su visa con fecha 1 de diciembre de 2021, la que se mantiene con resultado incierto, pues no ha presentado ningún tipo de avance ni novedad, y no se le ha sido informado de ninguna clase de variación de estatus migratorio. Así, habiendo transcurrido 10 meses desde la fecha de la presentación de su solicitud, el Servicio recurrido ha mantenido un clima de incertidumbre para el extranjero, encontrándose impedido de contar con un trabajo estable, así como incertidumbre para su mujer y sus tres hijas menores de edad. Sostiene que la omisión en el pronunciamiento de su solicitud es ilegal y arbitraria, lo que vulnera su derecho de igualdad ante la ley, pues se le ha dado un trato desigual con respecto a otros solicitantes, a los que encontrándose en iguales circunstancias o incluso menos favorables les fue otorgada la visa. Conforme los antecedentes expuestos, pide se ordene al Servicio Nacional de Migraciones resolver la solicitud de visa de residente sujeta a contrato del recurrente y se le otorgue sin más demora la residencia temporaria solicitada. SEGUNDO: Que expuso la recurrida Servicio Nacional de Migraciones que corresponde informar el fondo del recurso a la Dirección General de Asuntos Consulares, Inmigración y de Chilenos en el Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores, dado que la actuación impugnada en la acción de protección corresponde a dicha autoridad. TERCERO: Que el embajador Cristian Donoso Maluf, refirió que la solicitud del extranjero recurrente, fue ingresada el 19 de noviembre de 2021 ante el Consulado General de Chile en Bogotá, la que se encuentra en estado de tramitación, en espera, por lo que concluye no se encuentra cerrada ni rechazada, no pudiendo imputársele un acto arbitrario o ilegal en cuanto no se ha dictado acto terminal, precisando que no procede acelerar la tramitación de visas mediante la presente acción cautelar. Hace presente que durante 2020 y 2021, las solicitudes de visa se vieron afectadas ante la imposibilidad de que extranjeros pudieran hacer ingreso al país, por las medidas adoptadas por las autoridades, lo que provocó un retraso en la tramitación de visas, encontrándose en la

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de las Garantías Constitucionales, se rechaza la acción constitucional interpuesta, en favor de Hipólito José Quijada Fermín en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-104212-2022.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, treinta y uno de enero de dos mil veintitrés. Visto y considerando: PRIMERO: Que compareció Claudio Quiroga Hinojosa e interpuso recurso de protección en favor de Hipólito José Quijada Fermín, venezolano, en contra del Servicio Nacional de Migraciones por la vulneración de los derechos contemplados en el artículo 19 en sus números 2 y 3 de la Constitución Política de la

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