VIDAL CATALDO HECTOR AUGUSTO / INSTITUTO DE PREVISION SOCIAL
Rol
Fecha
31 de enero de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece don Héctor Vidal Cataldo, quien deduce recurso de protección por sí en contra del Institución de Previsión Social, por el acto que considera ilegal y arbitrario consistente en negarle el beneficio de la Pensión Garantizada Universal, vulnerando su derecho a la igualdad y derecho a la propiedad contenida en los numerales 2 y 24 del artículo 19 de la Constitución. Señala que con fecha 14 de septiembre de 2022, se dio respuesta a su solicitud por parte del Institución de Previsión Social, bajo los siguientes términos: "En respuesta a su solicitud referente al rechazo a la Pensión Garantizada Universal se informa que, según lo dispuesto en la normativa, para acceder al beneficio se deben cumplir cuatro requisitos establecidos a) Tener 65 años cumplidos. b) residencia en el país. c) No estar considerado dentro del 10% de mayores ingresos de la población mayores de 65 años (es decir no poseer un test de afluencia superior a 3648 puntos) d) No poseer una pensión base (inicial) máxima superior a $1.048.200. De acuerdo con el análisis de su postulación usted no cumple el requisito contenido en la letra d) pues el monto de su pensión base (no considerado en este caso, el retiro programado/ renta vitalicia percibida) asciende a 37.61 Uf (a la fecha $ 1.280.000) superando el monto de la pensión máxima superior señalada.” Expresa que cumple a cabalidad con todos los requisitos, esto, es: en la letra a) Tener 65 años; tengo 67 años a la fecha; letra b) Residencia en el País; Residencia permanente en el País; c) No estar considerado dentro del 10% de mayores ingresos de la población mayores de 65 años; Los documentos de Póliza Previsional, y de Liquidación de pensión, otorgado por Penta Vida, así lo demuestran ; d) No poseer una pensión base (inicial) máxima superior a $ 1.048.200.- Los documentos indican, una renta a Septiembre 2022, de 16.09 UF, en pesos $ 547.719.-, inferior a $ 1.048.200.- Por lo que estima, la respuesta del I
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, a lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación del recurso de protección, se rechaza el arbitrio deducido por don Héctor Vidal Cataldo, en contra de el Instituto de Previsión Social. Regístrese, comuníquese y, oportunamente, archívese. N°Protección-103762-2022.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, treinta y uno de enero de dos mil veintitrés. A los folios 20 y 21, a todo, téngase presente. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece don Héctor Vidal Cataldo, quien deduce recurso de protección por sí en contra del Institución de Previsión Social, por el acto que considera ilegal y arbitrario consistente en negarle el beneficio de la Pensión Garantizada Univ
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