SIN INFORMACION

GAMBOA / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

31 de enero de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Visto: En folio 1 se deduce recurso de protección en favor de doña Angela Dayanna Gamboa Portilla, de nacionalidad colombiana, contra el Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión en el pronunciamiento de su solicitud de beneficio migratorio, formulada con fecha 15 de marzo de 2022, lo que conculca la garantía consagrada en el numeral 2 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Dicha omisión ha trasgredido los artículos 7 y 27 de la Ley N°19.880 y con ello la garantía constitucional de igualdad ante la ley de la actora, por lo que se pide instruir a la recurrida para que se pronuncie sobre la mencionada petición. Se evacua informe en representación del Servicio Nacional de Migraciones, manifestando que Mediante Resolución Exenta N° 111893 de fecha 7 de diciembre de 2022 del Servicio Nacional de Migraciones, se otorgó permiso de Residencia Temporal en el país a la extranjera. Conforme a lo expuesto, solicita el rechazo del recurso de protección puesto que perdió oportunidad. Se trajeron los autos en relación. Con lo relacionado y

Fundamentos

considerando: Que teniendo presente que el Servicio Nacional de Migraciones, mediante Resolución Exenta N° 111893 de fecha 7 de diciembre de 2022, otorgó permiso de residencia temporal a la extranjera, por lo que ya se verificó aquella acción solicitada como medida para restablecer el derecho, pero no obstante ello, no consta que dicha resolución haya sido debidamente notificada a la recurrente, de modo que se acogerá la presente acción en los términos que se dirá en lo resolutivo.

Fallo

Por estas consideraciones y lo establecido en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, se acoge el recurso de protección deducido a favor de doña Angela Dayanna Gamboa Portilla, contra el Servicio Nacional de Migraciones, solo en cuanto se ordena notificar a la recurrente la resolución que otorgó el permiso de residencia definitiva. Regístrese, notifíquese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°Protección-152924-2022. En Valparaíso, treinta y uno de enero de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valparaíso Valparaíso, treinta y uno de enero de dos mil veintitrés. Visto: En folio 1 se deduce recurso de protección en favor de doña Angela Dayanna Gamboa Portilla, de nacionalidad colombiana, contra el Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión en el pronunciamiento de su solicitud de beneficio migratorio, formulada con fecha 15 de marzo de 2022, lo que conculca la garantía cons

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