JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE IQUIQUE

VARGAS ARACENA KEIT ANTONIA CON SUBSECRETARIA REGIONAL MINISTERIAL DE SALUD TARAPACA

Rol

Fecha

30 de enero de 2023

Materia

HORAS EXTRAS

Resultado

SENTENCIA DE REEMPLAZO

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Hechos

VISTO: Se reproduce la sentencia de nulidad con excepción del

Fundamentos

considerando cuarto, párrafo tercero, del fallo, que se elimina. Y SE TIENE ADEMÁS, Y EN SU LUGAR, PRESENTE: PRIMERO: Que la discusión se centró en determinar la procedencia del pago de los días feriados irrenunciables 1, 15 y 16 de mayo del 2021, debiendo tenerse presente lo establecido en los artículos 35, 37 y 38 del Código del Trabajo y artículo único de la Ley 21.341. SEGUNDO: Que conforme a lo ya razonado, y desprendiéndose de la naturaleza de los servicios prestados para los que fue contratada la demandante, esto es, para controlar la trazabilidad de la propagación del virus Covid 19, efectuando su seguimiento, estableciéndose una jornada de trabajo excepcional, por turnos de 7 días trabajados por 7 de descanso, respecto del día 1 de mayo del año 2021, nos encontramos frente a la hipótesis contemplada en el artículo 35 del Código del ramo, al tratarse de una actividad autorizada por ley a trabajar los días feriados que la norma contempla, mismo que le fuera compensado a la trabajadora con sus 7 días de descanso. TERCERO: Que respecto de los días 15 y 16 de mayo de 2021, como se dijo, deberá estarse a lo previsto en el artículo único de la Ley 21.341, en cuanto declara dichos días como feriados irrenunciable, aplicables sólo a los trabajadores del comercio, que claramente no es el caso de la trabajadora demandante. CUARTO: Que tratándose de una nulidad parcial se tienen por reproducidos los restantes resuelvos de la sentencia recurrida, los que se mantienen.

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 41, 42, 168, 173, 420, 446 y siguientes del Código del Trabajo, se declara: Que SE RECHAZA la demanda deducida por doña Keit Antonia Vargas Aracena en contra de la Secretaria Regional Ministerial de Salud de Tarapacá, en cuanto pretendía el pago de la suma de $ 97.299, por días feriados trabajados, y asimismo, se exime a la demandada del pago de las costas del proceso, por no haber resultado totalmente vencida y haber tenido motivo plausible para litigar. Regístrese, notifíquese y archívese. Redacción de la Ministro señora Marilyn Fredes Araya. Rol N° 120-2022 Laboral Cobranza.

Texto Completo (Preview)

SENTENCIA DE REEMPLAZO: Iquique, treinta de enero de dos mil veintitrés. VISTO: Se reproduce la sentencia de nulidad con excepción del considerando cuarto, párrafo tercero, del fallo, que se elimina. Y SE TIENE ADEMÁS, Y EN SU LUGAR, PRESENTE: PRIMERO: Que la discusión se centró en determinar la procedencia del pago de los días feriados irrenunciables 1, 15 y 16 de mayo del 2021, debiendo teners

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