MINISTERIO PUBLICO . . C/ JAMES VELASCO SANCHEZ
Rol
Fecha
30 de enero de 2023
Materia
LESIONES GRAVES . ART. 397 Nº2.
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS: En autos RIT 111-2021, RUC 2100675961-8, el Tribunal Oral en lo Penal de esta ciudad, condenó a James Velasco Sánchez a la pena de 818 días de presidio menor en su grado medio, más las accesorias legales durante el tiempo de la condena, como autor del delito de lesiones graves, en la persona de Jairo Joel Panicheo Añazco, previsto y sancionado en el artículo 397 N° 2 del Código Penal, en grado de consumado, cometido en Punta Arenas, el día 25 de julio de 2021. En contra de esta sentencia recurre de nulidad el defensor penal Leonardo Vallejos Ramírez, fundado en la causal del artículo 374, letra e), en relación con el artículo 342 letra c) y 297 del Código Procesal Penal. Solicita en definitiva se declare la nulidad del juicio oral y de la sentencia definitiva y se la realización de un nuevo juicio oral por una sala no inhabilitada del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de esta ciudad. La vista del recurso se efectuó en audiencia pública de fecha 10 de enero del año en curso, con la asistencia del defensor penal Leonardo Vallejos Ramírez y del Fiscal del Ministerio Público Oliver Rammsy Dickinson, quienes expusieron lo conveniente a sus derechos. CON LO RELACIONADO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que como se ha descrito, en este proceso se ha elevado para conocimiento y
Fallo
fallo de este tribunal de alzada, el recurso de nulidad deducido por el Defensor Penal Público Leonardo Vallejos Ramírez, en contra de la sentencia definitiva condenatoria dictada en autos. Funda su recurso en la causal prevista en el artículo 374 letra e) en relación con el 342 letra c) y 297, todos del Código Procesal Penal. En primer término, reclama que la sentencia ha infringido la obligación de pronunciarse sobre todos los medios de prueba incorporados a la audiencia de juicio. En efecto, respecto de la declaración de la testigo Scarleth Riquelme Rivera, el fallo no recoge toda la información que ésta entrega, consignando solamente lo que es útil para justificar la decisión de condena; por su parte, la declaración de Jairo Panicheo Añazco (víctima) queda consignada en un único párrafo en el considerando cuarto de la sentencia, en circunstancias que la declaración tuvo una duración de 51 minutos, por lo que evidentemente lo transcrito no refleja en su completitud la información aportada por el testigo. De esta forma, el tribunal omite importante información entregada durante la audiencia de juicio, la cual tenía por objeto fundamentar la teoría de la defensa, que invocaba como eximente de responsabilidad la legitima defensa propia. Por otra parte, alega que la versión que entrega la testigo Riquelme Rivera cae en francas y abiertas contradicciones en cuanto a las condiciones en las que ésta habría observado los hechos: a 20 metros de distancia, pero no puede escuchar
Texto Completo (Preview)
Punta Arenas, treinta de enero de dos mil veintitrés. VISTOS: En autos RIT 111-2021, RUC 2100675961-8, el Tribunal Oral en lo Penal de esta ciudad, condenó a James Velasco Sánchez a la pena de 818 días de presidio menor en su grado medio, más las accesorias legales durante el tiempo de la condena, como autor del delito de lesiones graves, en la persona de Jairo Joel Panicheo Añazco, previsto y sa
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