FERNANDO FABIAN VASQUEZ ULLOA/SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA DE SAN MIGUEL
Rol
Fecha
30 de enero de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Daniel Castillo Uslar para interponer acción constitucional de amparo en favor de don Fernando Vásquez Ulloa, en contra del Segundo Juzgado de Familia de San Miguel, que por resolución de 17 de agosto de 2022, dictada en causa RIT Z – 133 – 2019, sobre cumplimiento de alimentos menores, despachó en su contra orden de arresto nocturno por 15 días por no pago de la pensión de alimentos, cuya deuda asciende a $10.813.553, según liquidación de 4 de agosto de 2022. Señala que la resolución adoptada por el tribunal es injusta, arbitraria, carente de justificación y que causa un agravio manifiesto a la libertad personal y seguridad individual de su representado. Alude a problemas económicos que ha debido sortear, afirmando que siempre contribuyó a la manutención de su hijo. Agrega que se encuentra cesante y que aun así ofertó ante tribunal una forma de pago con colaboración de sus otros hijos, la que fue rechazada caprichosamente por la contraparte, quien no compareció a la audiencia de conciliación fijada al efecto. Menciona que si bien la orden de apremio de 17 de agosto de 2022 por adeudar alimentos en la suma $10.813.553 es legal, no considera el depósito de $200.000 que efectuó el 18 de agosto de ese mismo año ni, el abono de $400.000 a la deuda. Esgrime que se trata de una deuda por concepto de alimentos devengados, que el alimentario supera los 30 años y se encuentra trabajando obteniendo altos ingresos. Asevera que, en la especie, no concurre ninguna de las causales por las cuales se puede aplicar el apremio. Hace presente que el 4 de mayo de 2022, en causa RIT 238 – 2022 Amparo, esta Corte acogió similar acción interpuesta en favor de su representado, solo en cuanto suspendió la medida de apremio nocturno por 15 días, mientras el tribunal no resolviera la nueva propuesta de pago formulada. Explica que el 26 de diciembre de 2022, presentó una nueva oferta de pago, consistente en una primera cuota de
Fallo
fallo de amparo dictado con antelación por esta Corte. En consecuencia, no se advierte la existencia de algún hecho que constituya privación, perturbación o amenaza ilegal a la libertad personal y seguridad individual de la persona en cuyo favor se recurre, por lo que la presente acción constitucional no puede prosperar. Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política, se rechaza el recurso de amparo deducido a favor de Fernando Vásquez Ulloa, en contra del 2° Juzgado de Familia de San Miguel. Regístrese y archívese, en su oportunidad. N° 67 – 2023 Amparo
Texto Completo (Preview)
Certifico: Que se anunció, escuchó relación y alegó por el recurso de amparo el abogado don Juan Antonio Pérez Caris; asimismo, se deja constancia que la audiencia inició a las 10:15 horas y terminó a las 10:29 horas. San Miguel, 30 de enero de 2023. Nicole Bustos Maulen. Relatora. San Miguel, treinta de enero de dos mil veintitrés. A los folios 7 y 8: A todo, téngase presente. Vistos y teniend
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