TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE VALPARAISO

MP C/ JOSE LUIS PEREZ VILLEGAS

Rol

Fecha

30 de enero de 2023

Materia

POSESION TENENCIA O PORTE DE MUN Y SUST QUIMICAS

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO: En causa RIT N° 297-2022, don Gonzalo Patricio Uribe Gil, abogado, por el sentenciado José Luis Pérez Villegas, interpone recurso de nulidad en contra de la sentencia definitiva pronunciada con fecha veintiocho de noviembre de dos mil veintidós, por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valparaíso, que lo absolvió de los cargos formulados en su contra como autor del delito establecido en el artículo 195 bis de la Ley N° 18.290, y lo condenó a la pena de quinientos cuarenta y un días de presidio menor en su grado medio, como autor del delito consumado de tenencia ilegal de municiones, pena que se le tiene por cumplida. Además, lo condenó a la pena de quinientos cuarenta y un días de presidio menor en su grado medio y multa de dos UTM, como autor del delito consumado de manejo en estado de ebriedad, agravado, cometido en esta comuna el 5 de mayo de 2021, y se le condena, también, a la pena de cien días de presidio menor en su grado mínimo como autor del delito consumado de manejo en estado de ebriedad y multa de dos UTM, cometido en la misma comuna el 26 de septiembre de 2019; en todos estos casos se le condena a la pena accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, y en los dos últimos, a la suspensión de la licencia de conducir por el plazo de dos años, sin que se le conceda pena sustitutiva alguna. Funda el recurso en la causal consagrada en el artículo 374 letra e), en relación con el artículo 342 letras c) y d), ambos del Código Procesal Penal. Solicita que se anule parcialmente el juicio oral y la sentencia –solo respecto de la condena como autor del delito consumado de tenencia ilegal de municiones-, retrotrayéndose el procedimiento al estado de celebrarse una nueva audiencia de juicio oral, por tribunal no inhabilitado, “debiendo la I. Corte precisar a que prueba , a que hecho afecta la declaración de nulidad parcial de del Juicio Oral y la sentencia ..” (Sic).

Fundamentos

CONSIDERANDO: 1°) Que el recurrente interpone como causal de nulidad aquella del artículo 374 letra e), en relación con los artículos 342 -letras c) y d)-, y 297, todos del Código Procesal Penal, por no hacerse cargo la sentencia, en su fundamentación, de toda la prueba presentada por la defensa, al momento de desestimar las alegaciones vertidas respecto que su mandante no tenía bajo su esfera de cuidado las municiones encontradas, y además, por carecer el

Fallo

fallo de cualquier descripción de los elementos subjetivos del tipo penal. Luego de reproducir la parte resolutiva de la sentencia y parte de su considerando noveno, invoca la causal de nulidad referida, en lo que dice relación con la condena a su parte como autor del delito de porte de municiones; transcribe las normas en que sustenta la causal de nulidad, alude a los límites que debe respetar una sentencia y dice: “La libertad que se ha concedido a los Magistrados, en materia de valoración de la prueba, ha sido, sin embargo, debidamente equilibrada con la obligación que les asiste en orden a que los motivos por las cuales absuelven o condenan a un ciudadano sean racionales –es decir, que excedan a sus propias e íntimas convicciones-, en términos tales que los razonamientos efectuados puedan ser reproducibles.” (Sic). Agrega: “En un sistema de libre valoración de la prueba, como el nuestro, el convencimiento que nace de la apreciación de los hechos mediante la observación directa de los medios de prueba, queda entregada a los jueces del fondo y ella, por lo tanto, no es controlable por el Tribunal ad quem. Sin embargo, es plenamente procedente que el Tribunal ad quem realice un control respecto del razonamiento realizado libremente por los Jueces del fondo respecto de los hechos apreciados por ellos.” (Sic). Copia parte del fundamento decimotercero y afirma que atenta contra las máximas de la experiencia, el pretender que todo conductor debe necesariamente conocer y saber to

Texto Completo (Preview)

Vim. C.A. de Valparaíso Valparaíso, treinta de enero de dos mil veintitrés. VISTO: En causa RIT N° 297-2022, don Gonzalo Patricio Uribe Gil, abogado, por el sentenciado José Luis Pérez Villegas, interpone recurso de nulidad en contra de la sentencia definitiva pronunciada con fecha veintiocho de noviembre de dos mil veintidós, por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valparaíso, que lo absol

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