/DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS CONSULARES, INMIGRACIÓN Y DE CHILENOS EN EL MINISTERIO DE RELACIONES E
Rol
Fecha
28 de enero de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
OMITE/ ORDENA APERTURA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y desprendiéndose de los hechos que fundan el recurso, que dicen relación con otras garantías constitucionales, se omite pronunciamiento del presente ingreso y se ordena aperturar un nuevo ingreso en el Libro de Protección por la Unidad correspondiente, debiendo incorporar al mismo todas las piezas de estos autos y la presente resolución. Cúmplase de inmediato. Sin perjuicio de lo anterior, y atendida la naturaleza cautelar y sumaria del procedimiento, se procede a proveer derechamente el escrito folio N° 1 Ingreso Recurso: A lo principal: Por interpuesto recurso de protección. Informe el recurrido “Dirección General de Asuntos Consulares, Inmigración y de Chilenos en el Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores” dentro de ocho días, debiendo adjuntar todos los antecedentes necesarios para la correcta inteligencia y resolución del recurso deducido. Requiérase por la vía más expedita, sirviendo la presente resolución de suficiente y atento oficio emisor. Al primer otrosí: Habiendo sido incorporados a la carpeta virtual, téngaseles por acompañados. Al segundo otrosí: Téngase presente al patrocinio. En cuanto al poder, venga en forma, debiendo constituirse ante la Sra. Secretaria de la Corte ingresando a la página web www.pjud.cl, debiendo tomar la siguiente ruta: Tribunales del País; Corte de Apelaciones; Corte de Apelaciones de Valparaíso; Guía de Atención de Público durante la Pandemia y atención especial: autorizaciones virtuales de patrocinio y poder. Regístrese y archívese lo pertinente. N°Amparo-91-2023.
Texto Completo (Preview)
wgg C.A. de Valparaíso Valparaíso, veintiocho de enero de dos mil veintitrés. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y desprendiéndose de los hechos que fundan el recurso, que dicen relación con otras garantías constitucionales, se omite pronunciamiento del presente ingreso y se ordena aperturar un nuevo ingreso en el Libro de Protección por la Unidad correspondiente, debiendo incorporar a
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