1º JUZGADO DE LETRAS DE MELIPILLA

MARCIA ALEJANDRA GÓMEZ FARIAS CON GUSTAVO ENRIQUE CERDA VARELA. ACUMULADOS INGRESOS DE CORTE N°575-2021 CIVIL Y N°617-2021 CIVIL

Rol

71763-2021

Fecha

24 de noviembre de 2021

Materia

Civil

Resultado

INADMISIBLE CASACIÓN DE FONDO

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Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que en el procedimiento sumario sobre precario, seguido ante el Primer Juzgado de Letras de Melipilla, caratulado “GÓMEZ / CERDA”, Rol N° C-1014-19, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en el fondo, interpuesto por la parte demandada en contra de la resolución dictada por la Corte de Apelaciones de San Miguel el día veinte de agosto del año en curso, que confirmó las resoluciones de primer grado de fechas 22 y 28 de abril y 5 de mayo, todas del año que corre, las que rechazan un incidente de nulidad, otro de entorpecimiento y la suspensión del lanzamiento. SEGUNDO: Que el artículo 767 del Código de Procedimiento Civil dispone que se admite el recurso de casación en el fondo contra sentencias definitivas inapelables y contra sentencias interlocutorias inapelables cuando ponen término al juicio o hacen imposible su continuación, dictadas -en lo que interesa para el presente caso- por Cortes de Apelaciones, siempre que se hayan pronunciado con infracción de ley y esta infracción haya influido sustancialmente en lo dispositivo de la sentencia. TERCERO: Que la resolución impugnada por la vía de la nulidad substancial no presenta las características de aquellas aludidas en el motivo anterior, toda vez que no se trata de una sentencia definitiva ni interlocutoria que ponga término al juicio o haga imposible su continuación, razón por la cual el recurso de nulidad intentado en autos no podrá ser admitido a tramitación. Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 767 y 782 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de casación en el fondo, interpuesto por el abogado Luis Rivas Ortiz, en representación de la parte demandada en contra de la resolución de veinte de agosto de este año, dictada por la Corte de Apelaciones de San Miguel. Regístrese y devuélvase. Rol N° 71.763-21.-

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 767 y 782 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de casación en el fondo, interpuesto por el abogado Luis Rivas Ortiz, en representación de la parte demandada en contra de la resolución de veinte de agosto de este año, dictada por la Corte de Apelaciones de San Miguel. Regístrese y devuélvase. Rol N° 71.763-21.-

Texto Completo (Preview)

Santiago, veinticuatro de noviembre de dos mil veintiuno. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que en el procedimiento sumario sobre precario, seguido ante el Primer Juzgado de Letras de Melipilla, caratulado “GÓMEZ / CERDA”, Rol N° C-1014-19, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en el fondo, interpuesto por la parte demandada en contra de la resolución dictada por

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