C-521-2020/RIVAS CON SERVICIOS DE ASEO INTEGRAL TEAM CLEAN SPA
Rol
J-277-2020
Fecha
2 de noviembre de 2021
Materia
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO 1.- Que, con fecha 5 de septiembre de 2021, el abogado de las ejecutadas Surmetal Chile Asesorías Industriales SpA y Servicios de Aseo Integral Team Clean SpA, don Cristhoper Montecino Venegas, incidenta la nulidad de todo lo obrado en autos, a partir de las actuaciones realizadas desde fecha 28 de abril de 2021, esto es, desde la resolución que despacha mandamiento de ejecución y embargo, en virtud en que los atestados del ministro de fe Claudio Pra del Pino (sic), 6 y 9 de agosto de agosto del presente año, los que al efecto reproduce, por cuanto éstos atestados no son efectivos, pues dan cuenta de que procedió a notificar a doña Rosa Vargas Parra, en su calidad de representante legal de ambas empresas, en la forma establecida en el artículo 437 del Código del Trabajo, en su domicilio de la comuna de Talcahuano, Jardines De Brisa Del Sol, Calle 1 No 6226, departamento 342, lo que en la especie no era posible de realizar, porque no correspondía a su domicilio, sino al del hijo de la representante legal de ambas empresas, no correspondiendo a ninguno de los domicilios de las mismas, ni menos al de la representante legal, lo que quedó asentado en causa de origen O-646-2018, con fecha 28 de junio de 2018, tal como se acredita en documentos que acompaña. Respecto a la fecha del conocimiento de la demanda ejecutiva, afirma que éste se produce cuando don Alexy Bastías Vargas, regresa a su domicilio. Explica que él ayudaba a su madre en la empresa Surmetal Chile Asesorías Industriales SpA, sólo hasta el mes de abril de 2018, y que se encontraba fuera de la región, por labores que desempeña en el sur del país desde mediados del mes de julio hasta fines del mes de agosto de 2021, por lo que al regresar el día 30 de ese mes, recibe del conserje las copias de las demandas y resoluciones, enviando de inmediato un e-mail a su madre, representante legal de las demandadas, para que estuviese en conocimiento de las mismas. Por lo anterior, afirma que sus representadas no ha
Fundamentos
considerando vigesimoprimero del fallo, a casi un año del incidente de nulidad acogido y traído a la palestra por la incidentista, de idénticos términos a los aducidos en esta sede, con la salvedad de que en relación a la notificación cuestionada en aquella instancia, de fecha 29 de mayo de 2018, el señor Bastías habría regresado a su residencia el día 20 de junio de 2018, en tanto que en el cuestionamiento que nos ocupa, se produce su regreso el día 30 de agosto de 2021, sin que en todo caso revista alguna trascendencia este hecho, dado el tenor del estampado receptorial, a la luz de la prueba documental acompañada por el ejecutante, que ha contribuido a dotar de veracidad al mismo, pues el contrato de prestación de servicio de aseo e higiene para las dependencias de la Dirección Regional INE Bio Bio, suscrito por el Director Regional del INE y por doña Rosa Vargas Parra, como representante de la ejecutada Servicios de Aseo Integral Team Clean SpA, de fecha 8 de julio de 2021, documento privado emanado de la incidentista y ejecutada, acompañada bajo apercibimiento legal, no impugnado, hace plena prueba de que haber sido otorgado por la representante de ambas ejecutadas, de la manera que en él se expresa, señalando precisamente en tal documento que tanto su domicilio como el de la ejecutada a quien representa en ese acto, Servicios de Aseo Integral Team Clean SpA, es el ubicado en calle 1 N° 6226, departamento 342, Jardines de Brisas, Talcahuano, por lo que es posible concluir que aún en el año en curso, para efectos comerciales continúa proporcionando a organismos públicos el domicilio que en el incidente de nulidad de lo obrado, acogido en ___________________________________________________________________________________________________ __ Avda. Libertador Bernardo O higgins 241 piso 11 oficina 1122, Concepci n’ ó Tel fonos 412697624 412697628- 412697629- 412697630é – jcobconcepcion@pjud.cl mailto:jcobconcepcion@pjud.cl JUZGADO DE COBRANZA LABORAL Y PREVISIONAL DE CONCEPCION PODER JUDICIAL CHILE sede laboral, aseguró correspondía en exclusivo al domicilio de su hijo, misma aseveración que efectúa en autos. Ergo, la otra ejecutada, Surmetal Chile Asesorías Industriales SpA, por haberse declarado respecto de ambas ejecutadas unidad de empleador, al obrar bajo un domicilio común, tiene este mismo domicilio en la actualidad, así es que si en el año 2018 tenían otro domicilio y un tribunal lo constató, poco importa ello si a la fecha de realizarse la notificación de la liquidación y mandamiento, y subsecuente requerimiento de pago, no logró destruir el mérito del atestado receptorial, en cuyo estampe no se observan deficiencias, con alguna prueba que dé cuenta de que el lugar en que ejerce actualmente su industria la representante de las ejecutadas, es distinto al del emplazamiento, habida consideración de que no se atestigua por el ministro de fe que éste sea la morada de doña Rosa Vargas, confirmado el domicilio actual por el contrato celebrado c
Fallo
se resuelve: I.- Que, se rechaza el incidente de nulidad procesal deducido en lo principal de la presentación de 5 de septiembre de 2021. II.- Que, se condena en costas a la incidentista. III.- Que, se ordena dar curso progresivo a los autos, dejándose expresamente sin efecto, toda suspensión del procedimiento que se hubiese decretada en la presente causa. RIT: J-277-2020 RUC: 20-3-0337940-2 Resolvió doña Ana María Fierro Oyarzo, Jueza del Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Concepción, quien suscribe con firma electrónica avanzada. En Concepción a dos de noviembre de dos mil veintiuno, se notificó por el estado diario la resolución precedente. ___________________________________________________________________________________________________ __ Avda. Libertador Bernardo O higgins 241 piso 11 oficina 1122, Concepci n’ ó Tel fonos 412697624 412697628- 412697629- 412697630é – jcobconcepcion@pjud.cl mailto:jcobconcepcion@pjud.cl HTEXWXFYQS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de septiembre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl JUZGADO DE COBRANZA LABORAL Y PREVISIONAL DE CONCEPCION PODER JUDICIAL CHILE __________________________________________________________
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JUZGADO DE COBRANZA LABORAL Y PREVISIONAL DE CONCEPCION PODER JUDICIAL CHILE Tsc Concepción, dos de noviembre de dos mil veintiuno VISTO 1.- Que, con fecha 5 de septiembre de 2021, el abogado de las ejecutadas Surmetal Chile Asesorías Industriales SpA y Servicios de Aseo Integral Team Clean SpA, don Cristhoper Montecino Venegas, incidenta la nulidad de todo lo obrado en autos, a partir de las actu
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