2º JUZGADO DE LETRAS DE IQUIQUE

LAVÍN CON SUMINISTROS GENERALES DE COMUNICIÓN LIMITADA

Rol

Fecha

27 de enero de 2023

Materia

CONTRATO, RESOLUCIÓN DE

Resultado

REVOCADA

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Hechos

VISTO: Se reproduce la sentencia en alzada, en su parte expositiva,

Fundamentos

considerandos y citas legales, previa eliminación de sus considerandos décimo segundo a décimo sexto, ambos inclusive. Y TENIENDO EN SU LUGAR PRESENTE: PRIMERO: La abogado de la parte demandante se alza en contra del

Fallo

fallo de primer grado, explicando, luego de citar los artículos 1545, 1546, 1576, 1577, 1708, 1709, 1710, 1711 y siguientes del Código Civil, que su parte celebró un contrato de compraventa consensual con la parte demandada, representada en ese momento por doña Ximena del Carmen Santos Tapia, respecto de neumáticos Radial 11R22.5 16PR SUNOTE SN 318, y Radial 11R22.5 16PR SUNOTE SN 315, cuya entrega se encontraba supeditada al plazo cierto de 45 a 50 días a partir de la celebración del contrato denominado "factura proforma", obligándose su parte a pagar la suma de US$14.400 dólares, y, perfeccionado el contrato, la empresa demandada manifestó que la factura la entregaría dos días después porque el sistema computacional de Zona Franca se encontraba caído, sin embargo nunca entregó el documento y el vendedor, don Wilmer Arturo Santos Tapia, hermano de la representante legal, entregó el documento "proforma de factura ", que no fue firmado por ella sino por aquel, ya que era el vendedor del módulo en ese tiempo. Alega que, pese a que el contrato de compraventa nació al momento que las partes acordaron sus elementos propios, y que el precio de la venta se pagó mediante el cheque 1317762, perteneciente a la cuenta corriente en dólares 11096659, cuyo titular es doña Meiquian Li, por US$14.400.-, girado, a petición del vendedor, a nombre de su hijo Arturo Alejandro Santos Gallegos, y cobrado por éste el 28 de Julio de 2017, la sra. Juez desestimó la demanda. Expresa que, conforme la

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Iquique, veintisiete de enero de dos mil veintitrés. VISTO: Se reproduce la sentencia en alzada, en su parte expositiva, considerandos y citas legales, previa eliminación de sus considerandos décimo segundo a décimo sexto, ambos inclusive. Y TENIENDO EN SU LUGAR PRESENTE: PRIMERO: La abogado de la parte demandante se alza en contra del fallo de primer grado, explicando, luego de citar los artícu

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